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Aprueban diputados locales reformas la Ley de Protección Civil

Administrador Colimapm | Colima | 22/09/2012

Diputados locales aprobaron reformar la Ley de Protección Civil del Estado de Colima a fin dar plena personalidad y certeza jurídica a las actuaciones, tanto de la Unidad Estatal de Protección Civil como de las Unidades Municipales de Protección Civil.

El dictamen fue presentado en el pleno del Congreso del Estado por el diputado, Oscar Gaitán Martínez, el cual establece que ahora será la Junta de Gobierno de la Unidad Estatal de Protección Civil quien tenga a su cargo la vigilancia y liberación de los dineros del Fondo Estatal de Protección Civil.

A esta Junta de Gobierno, mediante el presente dictamen se le modifica la integración de la misma, a efecto de incluir a la Contraloría del Estado, la cual se considera importante su participación dado que la Unidad Estatal de Protección Civil goza de partidas presupuestales y es necesaria su vigilancia para una correcta administración.

A la Unidad de Protección Civil se le atribuirle la facultad de aprobar los convenios, contratos y acuerdos que requiera celebrar con la federación, estados, municipios y demás organismos e instituciones, públicas o privadas, a fin de coadyuvar en el cumplimiento de su objeto; los cuales primeramente deberán celebrarse por el Director de la Unidad Estatal de Protección Civil.

Para efectos de respetar la plena autonomía de los ayuntamientos de la entidad, se establece que sean los presidentes municipales, en el ámbito de su competencia, quienes designen de manera libre a los titulares de las Unidades Municipales de Protección Civil; dejando de lado con esto la opción optativa de proponer a los titulares de la Unidades Municipales, como se encuentra actualmente en la ley.

En congruencia con lo argumentado en el párrafo anterior, es que con el fin de seguir respetando la autonomía municipal, se modifica el proceso de creación de las Unidades Municipales de Protección Civil, las cuales existirán previo acuerdo del Ayuntamiento respectivo, para que se incluyan dentro del presupuesto siguiente.

Por lo que el Ejecutivo del Estado, podrá establecer una partida especial llamada Fondo Estatal de Protección Civil para su operación, la cual será vigilada y liberada, en su caso, por la Junta de Gobierno cuando sea requerida. Dicha partida será abonada a una cuenta especial, única de la Unidad Estatal de Protección Civil, quien la ejercerá y, además, podrá recibir donaciones.

En este contexto, se tendrá que proporcionar información y asesoría a las asociaciones de vecinos, para elaborar programas específicos e integrar unidades internas de protección civil, a fin de realizar acciones de prevención y auxilio en las colonias, barrios y unidades habitacionales, designando para su atención a la UMPC.

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