La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) instauró Procedimiento Administrativo a la empresa “Transportes Gomher S.A. de .C.V.• a través del levantamiento del Acta de Inspección correspondiente, por el derrame de combustóleo, en hechos suscitados en la vialidad interna del recinto fiscal, en el Municipio de Manzanillo, el día 21 del presente mes, informó el Delegado de dicha Dependencia, Alberto Eloy García Alcaraz.
Informó el funcionario federal que el derrame de aproximadamente 29 mil litros de hidrocarburos y que se recuperaron alrededor de 20 mil, provocó la contaminación de suelo natural cerca de las vías del tren, a consecuencia del choque de un tracto móvil con góndola que se estrelló con una pipa doble remolque.
Así, declaró que en atención a la emergencia ambiental registrada el día 21 del presente mes en el sitio precitado, en el que se generaron 20 metros cúbicos de residuos aproximadamente y la afectación de 500 metros cuadrados, sin que hayan sido afectados los recursos naturales, ya que todo fue en las vías de comunicación, esta Procuraduría impuso a “Transportes Gomher S.A. de C.V.” las siguientes medidas de urgente aplicación, con un plazo inmediato:
1. Efectuar la limpieza, retiro, recolección y disposición adecuada de todos los residuos de hidrocarburos derivados del derrame de combustóleo que afectó suelo natural, dándole un manejo adecuado de acuerdo a sus características de peligrosidad.
2.- Los residuos (combustóleo, tierras, etcétera.) producto de la limpieza y todos los materiales desechables utilizados para la atención del derrame, deberán ser manejados como residuos peligrosos, envasándolos en recipientes cuyas dimensiones, formas y materiales, reúnan las condiciones de seguridad para su manejo, identificándolos con rótulos que señalen: nombre, características del residuo, fecha de su generación y datos del generador, almacenándolos provisionalmente en áreas bajo techo a resguardo del sol y lluvias, sin obstruir las vías de tránsito y alejados del cuerpo de agua. Entre otros.
Asimismo, García Alcaraz manifestó que en caso de incumplimiento de lo anterior, la PROFEPA está facultada para presentar la querella correspondiente ante la Procuraduría General de la República (PGR), de conformidad con lo que establece el artículo 420 Quáter, fracción V del Código Penal Federal.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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