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Turna INE al TEPJF recurso de inconstitucionalidad por “inelegibilidad” de Nacho Peralta como candid

GUADALUPE CAMACHO | Colima | 29/01/2016

*Proceso electoral dejó saldo de 74 quejas presentadas, solo 19 fueron ya resueltas, señala el secretario del consejo local

El recurso de inconstitucionalidad por inelegibilidad del candidato ganador de la elección extraordinaria a gobernador, José Ignacio Peralta Sánchez, ya fue enviado al Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), quien habrá de resolver si procede o no, informó el secretario del consejo local del INE, Daniel Padilla Ballesteros.

Padilla Ballesteros indicó que este jueves 28 de enero, a las 11:35 horas, el ciudadano Manuel Torres Salvatierra presentó un recurso de inconformidad por la supuesta inelegibilidad de Peralta Sánchez, por haber sido el candidato impugnado en la elección ordinaria.

“El juicio presentado se resume en lo siguiente: el 22 de octubre del año 2015, el TEPJF, al resolver el expediente SUP-JRC-678/2015 y SUP-JDC21272/2015 en pleno, determinó sancionar a Peralta Sánchez con la revocación de la constancia de mayoría. Por esta razón el mencionado se ubicó el supuesto del artículo 41 fracción seis, último párrafo de la Constitución, cuando dice ‘en caso de nulidad de la elección, se convocará a elección extraordinaria en la que no podrá participar la persona sancionada’. Sobre este juicio, les informo que ayer mismo fue enviado a la Sala Superior del Tribunal”, refirió.

El secretario del consejo local puntualizó que la Junta Local Ejecutiva del INE solo deberá publicar esta solicitud en Estrados del instituto, con el fin de, que si se presenta un tercer interesado, elaborar las cédulas y los oficios, así como el informe circunstanciado para que el TEPJF resuelva lo concerniente.

De igual forma, Padilla Ballesteros informó que durante los 75 días del proceso electoral, fueron interpuestas 74 quejas y denuncias ante la Junta Local y las distritales 01 y 02.

“Las cuales se encuentran en las etapas procesales siguientes: en audiencia de pruebas y alegatos, 1; desechadas, 2; remitidas a la Sala Regional Especializada, 26; investigación, 1; radicación y admisión, 3; remitidas a la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, 21; medidas cautelares, 1, y resueltas, 19”.

Finalmente, el consejero presidente de la Junta Local, Luis Zamora Cobián, detalló que no existe un plazo como tal para que el Tribunal Electoral resuelva el juicio de inconformidad, pues ello dependerá de la carga de trabajo de la Sala Superior respecto a los procesos especiales sancionadores pendientes, por lo cual calculó que esto podría ser, tentativamente, a partir del 24 de febrero.

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