
Desde hace más de 30 años, Arnoldo Ochoa González, tiene la propiedad del rancho “Las Ánimas” o “Los Coyotes”, indicaron sus apoderados legales Gustavo González Chacón y Cuauhtémoc Gómez Cabezub.
En rueda de prensa, el abogado Gustavo González dijo que con pruebas documentales de los juicios, Arnoldo Ochoa, acudió a los tribunales que le dieron la razón jurídica.
“Han transcurrido 13 años de litigio, por lo que se puede advertir que nuestro apoderado jamás ha hecho uso de influencias o aprovechado de sus funciones como servidor público para obtener ventajas o prebendas en algún asunto particular”, puntualizó.
Luego, narró que el actual secretario general de gobierno, compró el inmueble en los ochentas, pero ante la demora del vendedor para la escrituración, inició un procedimiento civil de otorgamiento y firma de escritura, que tramitó ante el Juzgado Mixto Civil y Mercantil, bajo el expediente 603/02.
“Salvador Solís Orozco fue oído y vencido, por lo que se otorgó la escritura correspondiente debidamente registrada ante el Registro Público de la Propiedad y el Comercio de Colima, bajo el folio 066118-1”.
Después, Francisco Javier y Alejandro Osorio Medina tramitaron un juicio de amparo, ostentándose como propietarios y poseedores del inmueble de Arnoldo Ochoa; “Anexaron un documento falso en su contenido, que resultó legalmente insuficiente por lo que el juez no concedió el amparo”.
Ellos realizaron el despojo del citado inmueble, por lo que se ejerció una nueva acción judicial llamada acción reivindicadora, en consecuencia ellos contrademandaron mediante una acción de prescripción positiva.
El 26 de febrero de 2015 dictaron la sentencia a favor Ochoa González, y condenaron a los hermanos Osorio Medina a la desocupación y entrega del predio, así como a devolver la posesión, así como a pagar los daños y perjuicios traducidos en renta por el tiempo que permanezcan en dicha posesión y hasta la entrega del mismo.
Más tarde, los hermanos Osorio se inconformaron de la resolución de la segunda instancia a través de un juicio de amparo, que no le fue favorable para impedir la ejecución de la sentencia de primera instancia”.
El 1 de octubre de 2015, el Juez Mixto Civil y Mercantil en Villa de Álvarez, ejecutó la sentencia de Primera Instancia, en lo concerniente a la entrega de la posesión real y material del inmueble objetivo del litigio.
Señaló que ahora se sienten perdidas y acusan sin razón de que hubo tráfico de influencias; “duró 13 años para recuperar la posesión, en un juicio que ellos dilataron a base de huizachadas”.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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