El Magistrado Presidente del Tribunal Electoral del Estado de Colima, Lic. Guillermo de Jesús Navarrete Zamora mediante comunicado de prensa, desmintió una nota que estuvo circulando en redes sociales alusiva a una supuesta publicación de la pagina web de la Sala Regional Toluca del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación TEPJF. En dicha publicación se mencionaba que dicho tribunal federal le ordenaba al Tribunal Electoral del Estado de Colima que admitiera las pruebas que presentó el Partido Acción Nacional y que procediera a anular la elección de Gobernador.
Una vez que se tuvo conocimiento por parte del TEE de la nota que antecede, se procedió por parte del personal jurídico de dicho tribunal a verificar el dato, concluyéndose de que se trata de una manipulación de otra nota que aparece en la página web de la citada Sala Regional Toluca del TEPJF y que es relativa a un asunto diverso, específicamente a la impugnación que interpuso el PRI en contra de la elección del Ayuntamiento de Manzanillo. Nota misma que fue manipulada y difundida en redes sociales.
Ambas notas son iguales en su contenido y en la fotografía, sin embargo el encabezado sufrió una alteración y con ello se generó confusión en cierto sector de la población que recibió y leyó la nota alterada.
La nota correcta se refiere a una resolución que emitió la citada Sala Regional Toluca, en la que le ordenó al Tribunal Electoral del Estado de Colima que tuviera como presentada en tiempo la impugnación que presentó el PRI en contra del triunfo de Gabriela Benavides Cobos del Partido Acción Nacional a la Presidencia Municipal de Manzanillo.
Es necesario mencionar que referida la impugnación presentada por el PRI se recibió a las 00:40 hrs del día 23 de junio, cuando el plazo se le vencía a dicho partido a las 11:59 del día 22 de junio, es decir, la demanda se interpuso 41 minutos tarde y el TEE Colima la desecho por extemporánea. Sin embargo el PRI impugnó ante la citada Sala Regional Toluca argumentando que la extemporaneidad en la presentación de la demanda se debió a que hubo un accidente a la altura de “La Salada” lo que provocó el cierre de la circulación vial y eso propicio la demora en la presentación.
Al respecto, la referida Sala Regional Toluca al revisar los informes de la Policía Federal determinó que por tratarse de un caso fortuito no imputable al PRI el TEE Colima debía tener por presentada oportunamente la impugnación y entrar al estudio de fondo de la misma y resolver en su oportunidad sobre la procedencia o improcedencia de la impugnación presentada. En este momento el TEE se encuentra analizando dicho asunto y en los próximos días emitirá la sentencia respectiva.
Ahora bien, en lo que respecta a la elección de Gobernador, cabe recordar que en principio, la Sala Regional Toluca del TEPJF no tiene injerencia en la impugnación de Gobernador, toda vez que, corresponde conocer de ella a la Sala Superior del mismo TEPJF, por lo que, en todo caso le correspondería, se insiste a la Sala Superior emitir un veredicto sobre dicha impugnación cosa que hasta la fecha no ha realizado, sin embargo ya está en análisis de dicha Sala el asunto.
Por lo anterior, es pertinente hacer la referida aclaración para no generar en la ciudadanía una percepción errónea de la realidad y contribuir a que ésta tenga información fidedigna, veraz y objetiva.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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