*Aprueban diputados minuta de reforma constitucional en materia de disciplina financiera
En votación unánime, el Congreso del Estado aprobó la minuta con la reforma constitucional en materia de disciplina financiera de los estados y municipios, que obligará a los congresos locales autorizar los endeudamientos por mayoría calificada y solo para inversiones públicas productivas, nunca para gasto corriente.
La reforma constitucional, enviada al Congreso del Estado por la Cámara de Senadores, busca una mejor estructura de las previsiones para aprobar empréstitos, trátese de la Federación, del Distrito Federal o de los estados de la República.
Con la modificación a la Constitución de la República, se fortalece la fiscalización sobre el endeudamiento público, particularmente cuando se otorgue la garantía federal a los estados y a los municipios.
El reformado artículo 117 constitucional contempla que sólo con la aprobación de dos terceras partes de los integrantes de los congresos de los estados, podrá autorizarse la contratación de deuda, además se prohíbe la contratación de empréstitos para gasto corriente y se abre la posibilidad de adquirir créditos para reestructurar o refinanciar deudas anteriormente contraídas.
El dictamen con la minuta de la reforma constitucional, leído por el diputado Martín Flores Castañeda, secretario de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, expone que la reforma incorpora a la Carta Magna el principio de estabilidad de las finanzas públicas y su consideración en el sistema de planeación democrática del desarrollo.
Además, otorga al Poder Legislativo Federal la atribución para expedir la ley general relativa a las normas de endeudamiento de los estados, los municipios y el Distrito Federal, legislación que deberá abordar los temas de los límites y modalidades para afectar las participaciones en garantía.
Esa norma contemplará la inscripción de los empréstitos contratados en un registro público único de la deuda pública y la creación de un sistema de alertas sobre el manejo de la deuda pública.
Asimismo, los Congresos Locales contarán con un plazo de 180 días, luego de la entrada en vigor de la ley general relativa a las normas de endeudamiento, para que realicen las reformas necesarias para armonizar su legislación con la reforma constitucional aprobada y con esa la ley citada.
La reforma contempla establecer, en el ámbito del Legislativo Federal, una instancia de control para conocer y emitir observaciones cuando algún estado pretenda obtener la garantía federal para la contratación de empréstitos públicos, si se trata de una entidad que presente un nivel elevado de deuda.
Asimismo, se fortalece la previsión constitucional sobre las actividades de fiscalización de la contratación y aplicación de recursos provenientes de financiamiento público en el ámbito federal, de los estados y municipios, especifica la responsabilidad de los servidores públicos en el manejo de recursos y deuda pública y contempla diversos elementos de responsabilidad financiera en la contratación de deuda pública por los estados y los municipios.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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