En votación unánime el Congreso el Estado agravó el delito de homicidio, esto cuando se dé por razones de odio motivadas por la orientación sexual o la identidad de género.
El dictamen a favor de la reforma penal, presentado por Arturo García Arias, presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, señala que con la modificación legal, al sector lésbico, gay, bisexual, transexual, transgénero e intersexual, se le protegen los mismos bienes jurídicos que tutela el feminicidio.
García Arias expuso que la incorporación del homicidio por orientación sexual o la identidad de género al Código Penal, disuadirá las conductas que atentan contra la vida e integridad física del sector LGBTTI.
El dictamen considera necesario proteger la vida e integridad de ese sector poblacional, que en muchas ocasiones presenta un grado de vulnerabilidad.
La violencia en contra de las personas LGBTTI, representa una violación a los derechos humanos y constituye uno de los principales obstáculos para lograr una sociedad igualitaria y plenamente democrática, por tanto, son trascendentales las acciones que coadyuven a gozar de una sociedad igualitaria, democrática y libre de toda discriminación y violencia, señala el dictamen.
Con la reforma aprobada, a quien cometa el delito de homicidio por razones de orientación sexual o identidad de género, se le impondrán de treinta y cinco a cincuenta años de prisión y multa por el importe al equivalente de mil a mil quinientos días de salario mínimo.
Esta reforma al Código Penal del Estado se derivó de reuniones de trabajo sostenidas con integrantes del Consejo Estatal contra la Discriminación, de la Dirección de Desarrollo Humano de la Secretaría de Desarrollo Social del Gobierno del Estado, y con representantes del Consejo Consultivo del Comité Estatal de Diversidad Sexual de Colima.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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