*Desde noviembre, los elementos de tránsito ya no retenían documentos como garantía de pago
El secretario del Ayuntamiento de Colima, Salvador Cárdenas Morales, informó que desde noviembre del año pasado, los elementos de tránsito no retenían ni placas ni documentos a los conductores como garantía de pago de la multa.
Puntualizó que acatarán las modificaciones a la ley que realizó el Congreso local, por ello reformarán el Reglamento de Seguridad Pública y Vialidad del Municipio.
Los diputados locales modificaron la Ley de Transporte y de la Seguridad Vial de Colima, con el objetivo de prohibir a los agentes de tránsito que retengan placas o licencias de conducir para garantizar el pago de una infracción.
Salvador Cárdenas puntualizó que el citado reglamento municipal está fundamentado en la Ley de Transporte y de la Seguridad Vial, por tanto tienen que adecuar el marco municipal a los términos de la ley.
Mencionó que una vez que los diputados aprobaron las reformas, las remitirán al titular del ejecutivo para que junto con el secretario general de gobierno firmen el Decreto, y posteriormente lo publiquen en el Periódico Oficial del Estado.
Añadió que una vez publicado el Decreto, los Ayuntamientos tienen un periodo de 60 días para adecuar los reglamentos municipales.
Aclaró que el reglamento establece que los elementos de tránsito pueden retener documentos y por tanto era una función ejercida por el ayuntamiento. No obstante, hubo inconformidades y hasta presentaron juicios de amparo en contra de esta acción.
“Tenemos resoluciones de amparo en los dos sentidos, una en el sentido de que es procedente que exista este apartado en el reglamento y otra consideran que no es procedente”
Señaló que estaban comenzando un consulta en tribunales para que dijeran cuáles son los criterios aplicables, pero “con esta resolución, no hay mucho que estudiar el asunto, simplemente ajustarnos”.
Aclaró que estaban reteniendo placas y documentos no con un sentido de recaudación sino de aplicación del reglamento.
Reiteró que tienen instrucciones desde noviembre de no retener documentos, y en este mes y diciembre estuvieron aplicando boletas preventivas.
Dijo que hay salvedades en la retención de documentos, “cuando un vehículo no porte placas, estén vencidas, y se cometa un delito infraganti, se puede retener el vehículo o la licencia no en garantía de pago de la multa sino de la seguridad y el riesgo que representa un vehículo que ande en estas condiciones”.
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