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El Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) celebró hoy una sesión extraordinaria en la que, en acatamiento a una sentencia de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), aprobó por unanimidad, una modificación a los lineamientos que deberán observar los Organismos Públicos Locales Electorales (OPLES) respecto de la solicitud de registro de los convenios de coalición para los procesos electorales locales 2014-2015.
El Tribunal a través de la sentencia SUP-RAP-246/2014 ordenó al Instituto modificar dichos lineamientos en lo concerniente a la fecha límite para el registro de coaliciones en los estados, en atención al Segundo Transitorio de la Constitución que establece como plazo para el registro de coaliciones hasta antes del inicio de las precampañas.
Por ello, el acuerdo que originalmente establecía como fecha límite para el registro de coaliciones 30 días antes del inicio del periodo de precampaña según lo señalado en la Ley General de Partidos Políticos, fue modificado conforme al plazo establecido en la propia Constitución.
Durante la discusión del punto único de la sesión, el Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, recordó que a lo largo de 25 años se ha construido un sistema jurídico normativo electoral centrado en la exhaustividad de las reglas, lo cual ha sido ancla de la certeza en las elecciones y legitimidad democrática, ya que acota los márgenes de discrecionalidad de la autoridad electoral.
"Cuando no hay leyes, cuando hay vacíos legales, cuando tiene que aplicarse directamente la Constitución por la falta de precisión en la actuación de la autoridad electoral, se ha abierto la puerta a la discrecionalidad de la autoridad electoral", enfatizó.
Concluyó que cuando hay discrecionalidad de la autoridad electoral, siempre hay alguien que está inconforme, precisamente porque se ha generado incertidumbre y falta de certeza.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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