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Crea Congreso nuevo Código Penal que privilegia la reparación del daño

Administrador Colimapm | Colima | 07/10/2014

En votación unánime, el Congreso del Estado aprobó el Código Penal del Estado de Colima, que coadyuvará a transitar al nuevo Sistema de Justicia Penal, de tipo oral, acusatorio y adversarial.

El dictamen a favor de la creación del nuevo Código, leído por los diputados Arturo García, Martín Flores, Oscar Valdovinos, Heriberto Leal y Héctor Insúa, señala que éste responde a las disposiciones constitucionales vigentes desde el 18 de junio de 2008.

Con la reforma de junio de 2008 a los artículos 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 73 fracciones XXI y XXIII, 115 fracción VII y 123 apartado B, fracción XIII de la Constitución Mexicana, se implementó el Nuevo Sistema de Justicia Penal de corte acusatorio, adversarial y predominantemente oral, con el objetivo de transitar de un sistema mixto inquisitivo, a un Nuevo Sistema de Derecho Penal Garantista.

En ese sentido, el nuevo Código Penal otorga primordial importancia a la tutela de los derechos de la víctima y acusado, en un marco de igualdad y justicia que privilegia el equilibrio de los derechos entre las dos partes en una controversia penal: víctima y acusado.

La comisión dictaminadora, la de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, señala en la parte considerativa del dictamen, que el nuevo proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen.

Del nuevo Código Penal desparece la figura de delitos graves, que son aquellos por cuya comisión no se lograba la libertad bajo caución; en su lugar se crean los delitos por los cuales procede prisión preventiva oficiosa, como el homicidio, sustracción de menores o incapaces para traficar sus órganos, violación, pornografía, turismo sexual y robo calificado, entre otros.

De los delitos no considerados dentro de la prisión preventiva oficiosa, se prevé que se resuelvan mediante la justicia restaurativa o sistemas alternativos de controversias.

Asimismo, se dispone el trabajo obligatorio a favor de la víctima, el ofendido o la comunidad, con el objeto de velar por el estricto cumplimiento de la reparación del daño.

Se crea también el delito lesiones por conducta de género, cuya composición es amplia y protege mediante el impulso de políticas públicas, destacándose en un párrafo la presunción de la comisión del hecho delictivo por razón de conducta de género tratándose de la mujer o feminicidio.

Por disposición constitucional se contempla también que ninguna pena podrá exceder de cincuenta años de prisión; sin embargo, cuando se trate de concurso de delitos, de la suma de los mismos sí podrá excederse de esa pena.

El nuevo Código Penal entrará en vigor el 19 de noviembre del año 2014 en los municipios de Colima y Villa de Álvarez, correspondientes al primer partido judicial; el 1° de abril del año 2015, en los municipios de Cuauhtémoc, Comala, Coquimatlán y Minatitlán, también correspondientes al primer partido judicial.

El 5 de agosto del año 2015, entrará en vigor en el municipio de Manzanillo, correspondiente al tercer partido judicial, y el 12 de agosto del año 2015, en los municipios de Tecomán, Armería e Ixtlahuacán, correspondientes al segundo partido judicial.

En materia de Justicia Penal para Adolecentes, entrará en vigor el 1º de abril del año 2015 en todo el territorio del Estado.

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