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Aprueban diputados Acuerdo General de Transparencia

Administrador Colimapm | Colima | 25/02/2014

Los diputados locales aprobaron por unanimidad el acuerdo general de transparencia para proporcionar el acceso a la información pública, que obra en los archivos del poder legislativo del estado, de acuerdo a lo que establece la ley de transparencia y acceso a la información pública del estado de colima.

En este contexto, los diputados Martín Flores Castañeda y Gina Rocha Ramírez fueron los encargados de presentar en tribuna dicho acuerdo el cual señala que El Poder Legislativo del Estado pondrá a disposición del público en general la información a través de su página web www.congresocol.gob.mx, que contiene la información legislativa. La información contenida en la página web, se actualizará quincenalmente, la consulta directa de la información pública será gratuita.

La Unidad de Información del Poder Legislativo del Estado, tomará las medidas pertinentes para establecer un sistema de organización, clasificación, manejo y transparencia de los archivos y documentos públicos del Poder Legislativo, con el objeto de eficientar y garantizar el fácil acceso del público para su consulta.

En la Dirección de Servicios Documentarios y en la Unidad de Información, se tendrán equipos de cómputo para que el público pueda tener acceso inmediato a la información contenida en la página web, únicamente para consulta directa.

La Comisión de Gobierno, será la única instancia autorizada para expedir el acuerdo que declare que una información pública debe considerarse reservada y el tiempo de reserva de la misma, salvo disposición en contrario de la Ley.

Se crea la Unidad de Información del H. Congreso del Estado de Colima, que será la única competente para recibir, tramitar y responder cualquier solicitud de información pública y estará integrada por su Titular, quien será designado por la Comisión de Gobierno, un coordinador de enlace y el personal operativo necesario para el desempeño de sus atribuciones y competencias.

La Unidad de Información del Poder Legislativo del Estado, recibirá directamente las solicitudes de información pública por escrito que se presenten, las que deberán contener los requisitos mínimos señalados por el artículo 90 de la Ley; así mismo, las que se presenten por medio electrónico vía correo electrónico o Infomex.

La Unidad de Información del Poder Legislativo del Estado, pondrá a disposición del público un formato de solicitud que podrá ser llenado libremente por los solicitantes o auxiliados por personal autorizado de la propia Unidad.

Para los efectos de la Ley y este Acuerdo General, se otorga facultad expresa al titular de la Unidad de Información para que a nombre del Poder Legislativo del Estado, certifique copias de documentos que le sean solicitados, salvo que se requieran para aportarlas como prueba en juicio, pues en ese caso deberán ser certificados por los Diputados Secretario de la Mesa Directiva o de la Comisión Permanente, según proceda.

Además establece que No se dará tramite a las solicitudes de acceso a la información que contengan términos ofensivos o irrespetuosos, cuando ya se haya entregada información idéntica o cuando la información se encuentre disponible públicamente, debiendo informar a solicitante el lugar en que se encuentre.

La Unidad de Información del Poder Legislativo del Estado, hará saber a los solicitantes el derecho que les asiste de interponer ante el Instituto, el Recurso de Queja en caso de no recibir la información o por cualquier acto u omisión que afecten su derecho de acceso a la información.

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