*Se establecen sanciones a quienes abandonen, maltraten o exploten a adultos mayores *Aprobaron la iniciativa presentada por el diputado Arturo García Arias
En la sesión ordinaria de este martes los diputados locales aprobaron la creación la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor para el Estado de Colima, que tendrá por objeto la atención de los adultos mayores en situación de riesgo y desamparo en coordinación con el DIF Estatal.
Con el decreto aprobado se instituye la Procuraduría de la Defensa del Adulto Mayor para el Estado de Colima, como un órgano dependiente del Instituto para la Atención al Adulto en Plenitud, destacando que su titular será designado y removido por el Ejecutivo del Estado.
Cabe señalar que la Ley aprobada prevé infracciones en perjuicio de los adultos mayores, consistentes en conductas que impliquen abandono, desamparo, descuido, exclusión, explotación o maltrato en cualquiera de sus modalidades.
En consecuencia se establecen sanciones administrativas como amonestaciones, multas de uno a 130 salarios mínimos, así como trabajo comunitario meses a favor de los adultos mayores y la suspensión de hasta por tres meses para operar la concesión o permisos para prestación de servicios.
Algunas de las atribuciones de dicha Procuraduría serán el impulsar y defender el reconocimiento y ejercicio pleno de los derechos de los adultos mayores, así como orientarlos, asesorarlos y brindarles la asistencia legal que requieran de manera gratuita.
También recibirá y atenderá las denuncias referentes a la violación o incumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley, así como procurar la defensa y representación de los derechos de los adultos mayores en su persona, bienes y derechos ante cualquier autoridad.
La nueva Procuraduría habrá de coadyuvar en el establecimiento de un programa de detección de adultos mayores que sean víctimas de delitos, además de determinar en los casos urgentes y de manera provisional el ingreso a albergues de los adultos mayores que se encuentren en estado de peligro, abandono, desamparo, omisión de cuidado, desnutrición o maltrato.
La nueva ley aprobada establece que el Poder Ejecutivo tendrá un término de 180 días hábiles para elaborar el reglamento correspondiente, y que el Congreso del Estado deberá adecuar la legislación estatal en un plazo de 120 días a partir de la entrada en vigor del decreto.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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