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Aprueban diputados Ley de Voluntad Anticipada

Administrador Colimapm | Colima | 29/07/2013

*Se crean el Registro Estatal de Documentos de Voluntad Anticipada y un Comité de Bioética

Por unanimidad de votos los diputados locales aprobaron el dictamen con el que se crea la Ley de Voluntad Anticipada, con lo que las personas mayores de edad estarán facultadas para disponer ante un notario público o el Comité de Voluntad Anticipada, sobre los tratamientos y cuidados de salud que desean recibir, esto en caso de padecer alguna enfermedad terminal derivada de un proceso natural o de un accidente fortuito.

La Ley de Voluntad Anticipada no promueve la eutanasia, que es la acción u omisión dirigida para dar muerte a una persona de una manera indolora y sin sufrimiento, sino que establece la ortotanasia, que es el derecho de las personas a morir con dignidad y sin acortar la vida, pero también sin alargarla más allá de los límites naturales de medios, tratamientos o procedimientos médicos extraordinarios.

Con la aprobación de la Ley, se crea un documento donde se plasmará la voluntad anticipada; en cada caso en particular podrá designarse un representante que vigilará el cumplimiento en los términos y circunstancias acordadas; la Secretaria de Salud será notificada sobre la existencia del mencionado documento; además de que se instituirá el Comité de Bioética, con el que se buscará promover y respaldar la reflexión ética sobre el tema en el personal de salud.

Cabe destacar que existe la posibilidad de que el documento en que el enfermo plasme la voluntad anticipada, podrá ser anulado, modificado, sustituido o revocado, además de que la Ley expresa con claridad los términos en que deberán prestarse los cuidados paliativos, que tengan por finalidad salvaguardar la dignidad del enfermo en etapa terminal o del enfermo incurable.

Un aspecto importante a destacar es que la Ley define las obligaciones para el personal de salud, entre las que se encuentran la acción de informar oportunamente al enfermo, representante o familiares sobre los cuidados médico-clínicos que se utilizarán para paliar los efectos y evolución de la enfermedad terminal.

Del mismo modo se creará el Registro Estatal de Documentos de Voluntad Anticipada, que estará a cargo de la Secretaría de Salud, con la finalidad de custodiar, conservar y hacer accesible los Documentos de Voluntad Anticipada.

Con las deposiciones previstas en la Ley, se estará respaldando el derecho de toda persona a decidir sobre los cuidados que recibirá en la última etapa de su vida, permitiendo así que los familiares y el personal de salud se enfoquen en la mejor atención disponible.

También se estará coadyuvando para la disminución de los costos de atención hospitalaria para el paciente y sus familiares, se ayudará a reducir el desgaste en familiares, pero sobre todo se le da al enfermo la posibilidad de morir en el lugar que decida recibiendo la mejor atención posible.

La Ley aprobada armoniza dos propuestas, una presentada recientemente por los diputados Ignacia Molina Villarreal, Noé Pinto De Los Santos Yulenny Guylaine Cortes León, integrantes de la Legislatura, quienes retomaron planteamientos presentados por alumnos del campus Colima de la Universidad del Valle de Atemajac, UNIVA, y otra, que en su momento presentó en el año 2009 el entonces diputado Adolfo Núñez González.

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