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Aprueba Congreso leyes de Hacienda Municipales y recategorización en tarifas de CIAPACOV

Administrador Colimapm | Colima | 28/12/2012

*Las Leyes de Hacienda de los Ayuntamientos mantienen descuentos en pagos de algunos impuestos a jefas de familia, personas con discapacidad y adultos mayores de nacionalidad mexicana *CIAPACOV estará en condiciones de cobrar los servicios que otorga a los usuarios de las nuevas colonias desarrolladas durante el 2012

Por unanimidad el Congreso del Estado aprobó las Leyes de Ingresos de los diez Ayuntamientos de la entidad, así como una serie de modificaciones que permitirán actualizar y ordenar los registros de colonias que reciben los servicios que brinda CIAPACOV en materia de agua potable, alcantarillado y saneamiento en los municipios de Colima y Villa de Álvarez.

Los legisladores locales aprobaron reformas que permiten actualizar la Ley que establece las cuotas y tarifas de agua potable, drenaje y alcantarillado de los municipios de Colima y Villa de Álvarez, para incluir en la misma a los fraccionamientos que se desarrollaron durante el año 2012, esto con el fin de que sean sujetos al pago de los derechos por los servicios que reciben, al mismo tiempo que se autorizó la recategorización de algunas colonias que estaban clasificadas incorrectamente.

Esta medida permite llevar a cabo un ordenamiento de los registros de los usuarios, al mismo tiempo que permitirá que aquellos que habitan en las colonias recategorizadas y que realizan un consumo racional del agua, puedan beneficiarse pagando menos mediante la instalación de micromedidores.

De esta manera el Congreso del Estado dio viabilidad a las propuestas presentadas por el director general de CIAPACOV en la asamblea de dicho organismo, celebrada el pasado 29 de noviembre.

Cabe destacar que los usuarios de CIAPACOV que paguen de manera puntual el servicio de saneamiento, tendrán acceso al beneficio del 10% de descuento.

En lo correspondiente a las Leyes de Hacienda de los diez ayuntamientos, destaca que se mantiene la bonificación del 50% del subsidio en el pago de impuesto predial a usuarios que cuenten con alguna discapacidad, o con edad de 60 años o más, siempre que el impuesto se refiera a un solo predio que sea de su propiedad, que habiten en el mismo, que acrediten la nacionalidad mexicana y que realicen el pago de manera puntual.

De la misma manera, sobresale el 50% de descuento en el pago del impuesto de transmisión patrimonial a madres solteras, jefas de familia, de nacionalidad mexicana y con hijos menores de edad que dependan económicamente de ellas o que tengan alguna discapacidad, esto siempre y cuando se trate de viviendas de interés social, cuya base del impuesto es menor a 4 mil 400 unidades de salario mínimo.

Los legisladores locales también aprobaron diversas modificaciones genéricas para adecuar las Leyes de Hacienda de los Ayuntamientos con la Ley del Registro del Territorio para el Estado de Colima.

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