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Asegura PROFEPA 4 contenedores con 83 m3 de granadillo

Administrador Colimapm | Manzanillo | 30/10/2012

*Ya son nueve contenedores y 191 metros cúbicos de dicha especie forestal protegida que no se acredita la legal procedencia *También era China el destino de esta exportación ilegal que se pretendía

Manzanillo, Col. La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), en coordinación con la Secretaría de Marina-Armada de México y la Aduana de Manzanillo, aseguró precautoriamente en el puerto interior de Manzanillo, tras diversas denuncias y labores de investigación, cuatro contenedores más con 83 metros cúbicos de la materia prima forestal conocida como “granadillo” (Dalbergia granadillo), que se encuentra en la Norma Oficial Mexicana NOM-059-Semarnat-2010, bajo el estatus de protección especial.

Así, sumados a los 108 metros cúbicos que traían los cinco contenedores decomisados en días recientes, hacen un total de nueve contenedores y 191 m3 de dicha especie forestal.

En esta actuación, se sujetó a procedimiento administrativo al probable responsable, una empresa maniobrista, por el acopio y exportación del producto sin acreditar la legal procedencia, cuyo destino, una vez más, era China, por lo que, de igual manera, se presentará la denuncia penal correspondiente ante el Ministerio Público Federal.

Ante este caso de almacenamiento de materias primas forestales con inconsistencias para amparar la legal procedencia y que, además, es señalado un nombre diferente de la especie que se tiene almacenada, toda vez que en la documentación oficial presentada dice ser tepesapote cuando es granadillo, la Profepa, en ejercicio de la facultad conferida y de conformidad con lo previsto por los artículos 119 penúltimo párrafo y 139 fracción XII del reglamento interior de la Semarnat, así como del artículo 161 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable, impuso como medida el citado aseguramiento.

Como se sabe, el “granadillo” está enlistado en la NOM-059-Semarnat-2010, clasificado como no endémica en la categoría “peligro de extinción”, por lo que su aprovechamiento, transporte y/o posesión se tipifica como delito en el artículo 420 fracción IV del Código Penal Federal; y también, de acuerdo al artículo 419 del mismo ordenamiento, el almacenamiento de materias primas forestales, en volúmenes superiores a 4 m3 rollo o su equivalente en madera aserrada.

Sobre el particular, el Delegado Federal de la Profepa, Alberto Eloy García Alcaraz, informó que procederá también, como en el caso reciente, a presentar la denuncia penal correspondiente ante la Procuraduría General de la República (PGR), así como un informe detallado a la Fiscalía Especializada en Delitos Ambientales de la citada dependencia, y reiteró que éste es una problemática que se está presentando en el país, generada nuevamente por ciudadanos de origen chino, similar al que se suscitó en el 2011 por la exportación irregular de mineral de hierro.

García Alcaraz afirmó por último que su institución, en coordinación con la SEMAR y la Aduana de Manzanillo, se mantendrá atenta a dicha problemática a fin de no permitir el saqueo y la deforestación de nuestros bosques, evitando con ello que las maderas preciosas y enlistadas en las Normas Oficiales Mexicanas, sean exportadas ilegalmente, por lo que instó a la ciudadanía a denunciar ante esta Procuraduría casos de esta naturaleza, para verificar su legal procedencia y actuar en consecuencia.

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