
NUEVA LEY DE TELECOMUNICACIONES Y RADIODIFUSIÓN
POR: Balvanero Balderrama García
balvanero@gmail.com / @Balvanero.B
Podemos esperar, es mejor hacerlo.
Lo que se había previsto como una inminente aprobación de la propuesta de Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión, aprobada en comisiones, se ha detenido, al menos por ahora.
Se anuncian consultas y foros ante evidentes ausencias o redacciones poco claras, por decirlo de alguna manera.
El haber desaparecido el IFT, considero que fue un error. No por el IFT en sí mismo, sino por lo que significan en el entramado organizacional-público-administrativo los organismos autónomos. Si había yerros en el actuar del ente autónomo, se podrían haber corregido para fortalecer al Instituto en el desempeño de sus labores. Se comentaba ahorro en el gasto operativo, en lo que podemos estar de acuerdo, pero se crea una Agencia, sin un consejo consultivo y en la estructura del Gobierno Federal.
Las distintas funciones del casi extinto IFT se distribuyen, así se ha mencionado, a diversas oficinas.
Eso ya está hecho. Pero lo que se podría fortalecer es el actuar mismo de la Agencia, que se estipule en la ley la conformación de un consejo consultivo que participe en la toma de decisiones, para que estas no sean unipersonales.
Enfocándome en lo que respecta a los derechos de las audiencias, hay que destacar que retoman -tal cual- los derechos de la primera Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión (LFTR), la del 2014. No hay un retroceso en este sentido.
Se señalan a las defensorías, también con muchas similitudes con la citada ley. Pero en lo que respecta a las defensorías de los medios, no hay cambios con respecto al 2014, se indica que “podrá ser del mismo concesionario, conjunta entre varios concesionarios, o a través de organismos de representación”. Esto último ya hemos visto que no funciona en la práctica. Los medios comerciales tienen una defensoría de representación, a través de la Cámara Nacional de la Industria de la Radio y la TV que, de acuerdo con lo que se indica en su sitio en X (antes Twitter), atiende a más de 1600 estaciones de radio y televisión en México. Obviamente es atender lo que se indica en la letra de la ley sin pretender cumplir esa ley.
No hay difusión de los derechos de las audiencias en los medios comerciales, ni promoción de su defensoría, ni de los medios para ponerse en contacto con ella, en caso de así considerarlo pertinente.
El actuar de los medios públicos, y de los medios en las universidades públicas, es diametralmente distinto. Han tomado, desde el principio con mucho compromiso y convicción la observancia, promoción y difusión de esos derechos de las audiencias y de las defensorías.
Además hay otros temas que se pueden revisar, como la redacción, la ausencia de una definición de audiencias -haciendo referencia solamente al usuario final-, la omisión de las comunidades indígenas, por señalar algunos. Ya diversas instituciones, como la Asociación Mexicana de Defensoría de las Audiencias (AMDA), investigadores e investigadoras, periodistas, agrupaciones interesadas, han realizado observaciones puntuales que esperemos se puedan tener en cuenta en la redacción y aprobación definitiva de esta ley. Y se indica que los foros de discusión seguirán.
Todas y todos somos audiencias, pero estos derechos, los tuyos y los míos, se han visto reflejados normativamente apenas en este siglo XXI, a 100 años de la presencia de la radio en nuestro país, por ejemplo.
Celebro esta posición de apertura y escucha del Congreso, entiendo las resistencias, pero recordemos que la razón de ser de los medios son, precisamente, sus audiencias y esperemos que los legisladores y legisladoras actúen anteponiendo el bien de la mayoría, de la sociedad, y no de intereses particulares, por muy poderosos que sean.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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