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Aprueban diputados Ley de Extinción de Dominio

ELVIA ROMERO | Colima | 21/08/2012

Fue aprobada la iniciativa de Ley de extinción de Dominio para el estado de Colima, misma que tiene como finalidad el debilitar la estructura del crimen organizado y su economía, así lo dio a conocer el presidente de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, José Manuel Romero Coello.

El legislador dijo que la iniciativa es con el fin de contar con más herramientas para tratar de abatir este tema de la delincuencia organizada.

“En síntesis de esta Ley lo que propone es que todos los bienes que hayan servido al crimen organizado, sean incautados por el estado de Colima”, señaló el diputado priista.

En Colima el gobernador del estado, Mario Anguiano Moreno presentó una iniciativa en este sentido, al igual el panista Salvador Fuentes Pedroza.

El Congreso del Estado aprobó la iniciativa, con la que se estará trabajando para evitar que crezca este tipo de delitos.

“Es para los estados para que los bienes que se les incauten a la delincuencia organizada puedan ser confiscados”, señaló Romero Coello.

Dicha Ley también fue presentada a nivel nacional y ya aplica para la estrategia y colaboración entre los estados y la federación.

Dentro de los principales puntos que contempla la iniciativa, se encuentra: el contenido de la figura jurídica de Extinción de Dominio, cuya finalidad radica en ser una verdadera política criminal que logre debilitar los recursos económicos de la delincuencia en el estado.

Se establece la Extinción de Dominio como una acción jurídica que se instrumenta en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos y trata de personas, respecto a los siguientes bienes:

Aquellos que sean instrumento, objeto o producto del delito, aún cuando no se haya dictado la sentencia que determine la responsabilidad penal, pero existan elementos suficientes para determinar que el hecho ilícito sucedió.

Aquellos que no sean instrumento, objeto o producto del delito, pero que hayan sido utilizados o destinados a ocultar o mezclar bienes producto del delito, siempre y cuando se reúnan los extremos del inciso anterior, entre otros.

Esta Ley de Extinción de Dominio, prevé que de los bienes antes descritos, entre otros, se extinga su dominio a favor del Estado, además de establecer el procedimiento correspondiente, la actuación de las autoridades competentes, los efectos de la resolución que se emita y los medios para la intervención de terceros que se consideren afectados por la misma.

Se pretenden que la Extinción de Dominio cuente con vigencia en el Estado y se actualice en los casos de delincuencia organizada y en la comisión de delitos locales tales como secuestro, trata de personas, robo de vehículos y delitos contra la salud, y que consistirá, en armonía con la reforma constitucional, en la pérdida absoluta del dominio que tenía el particular sobre el bien, y su aplicación a favor del Estado.

Así mismo, se debe señalar que la multicitada figura jurídica de Extinción de Dominio, es de naturaleza jurisdiccional, constituyéndose en una verdadera acción autónoma, distinta e independiente de cualquier otra de naturaleza penal que se haya iniciado simultáneamente, de la que se haya desprendido, o en la que tuviera origen, sin perjuicio de los terceros de buena fe.

En este orden de ideas, la Ley Federal de Extinción de Dominio, determina su naturaleza, al establecer que es jurisdiccional, de carácter real y contenido patrimonial, autónoma, distinto e independiente de cualquier otra de naturaleza penal que se haya iniciado.

La Ley tiene como objeto encontrar una herramienta eficaz que coadyuve a desmembrar las organizaciones delictivas y limitar sus efectos nocivos, impedir que se reproduzcan, pero principalmente decomisar sus activos, se comparte el criterio de la Cámara de origen de considerar necesario crear un procedimiento jurisdiccional y autónomo del proceso penal que establezca en forma expresa que procederá estrictamente en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos así como trata de personas.

Esta Ley será de beneficio para la sociedad, responderá a las necesidades existentes en esta materia, adopta medidas y acciones que cumplan con los estándares establecidos por la reforma constitucional y la Ley Federal de Extinción de Dominio.

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