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Expide LXI Legislatura nueva Ley de Desarrollo Económico para el estado de Colima

Administrador Colimapm | Colima | 28/02/2025

 

Por unanimidad, el pleno de la LXI Legislatura del Estado de Colima, aprobó el dictamen que expide la nueva Ley de Desarrollo Económico para el Estado de Colima, conformada de 109 Artículos y 13 Transitorios, que abrogan la anterior Legislación en la materia, expedida en 1998.

La nueva Legislación, establece entre otras cosas: la creación de un Consejo Consultivo para el Desarrollo Económico del Estado de Colima que tendrá a cargo la elaboración del Plan Estratégico en Materia Económica. También se crea la Unidad de Inteligencia Económica, Prospectiva y Datos; el Fondo del Sistema Colimense de Incentivos y Apoyos para la Inversión y el Empleo, y la entrada en operación la Ventanilla Única de Asistencia y Trámites Empresariales en su modalidad digital.

Con su aprobación, el Poder Ejecutivo tendrá un plazo no mayor de 180 días hábiles para emitir el Reglamento de la presente Ley, En tanto, continuará aplicándose en lo que no se oponga, el Reglamento de la Ley de Fomento Económico para el Estado de Colima. 

El Consejo Consultivo para el Desarrollo Económico del Estado de Colima que se creará, deberá quedar constituido en un plazo no mayor a 90 días hábiles contados a partir de la entrada en vigor del Decreto y tiene 180 días hábiles para emitir el manual de procedimientos para la elaboración del Plan Estratégico en Materia Económica.

El Fondo del Sistema Colimense de Incentivos y Apoyos para la Inversión y el Empleo, entrará en operación durante el ejercicio fiscal 2025, por lo que, por única ocasión, como medida de transición, será sufragada por los recursos que al efecto establezca la Secretaría de Planeación, Finanzas y Administración. A partir del ejercicio fiscal 2026 el importe de dicho fondo deberá establecerse en el Presupuesto de Egresos.

Además, el Decreto establece que, a más tardar en un año posterior a la entrada en vigor, deberá ponerse en operación la Ventanilla Única de Asistencia y Trámites Empresariales en su modalidad digital en los términos aprobados en la presente Ley. 

Con la expedición de la nueva Ley, la Secretaría de Desarrollo Económico del Gobierno del Estado de Colima, deberá reformar su Reglamento Interior en un plazo no mayor a 90 días hábiles, con el objeto de homologar sus disposiciones con lo establecido en esta Ley

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