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Exhortan diputados locales a Congreso de la Unión a salvaguardar derechos de periodistas

Administrador Colimapm | Colima | 31/07/2012

Para salvaguardar sus derechos laborales de los periodistas y de los colaboradores periodísticos, los diputados locales exhortan al Congreso de la Unión adicionar los párrafos segundo y tercero al artículo 51 de la Ley Federal del Trabajo, con el propósito de que cuando un trabajador periodístico decida rescindir su relación laboral no se le encuadre en alguno de los supuestos contenidos en el artículo 47 de la misma legislación laboral federal, sino que cuenten con una opción que defienda sus creencias e ideales, en uso de su cláusula de conciencia y no pueda ser objeto de despido justificado, sino sin responsabilidad para el trabajador, además de ser merecedor a las prestaciones que surgen con motivo de un despido injustificado.

Con la garantía de la cláusula de conciencia, el periodista podrá negarse a realizar actividades informativas contrarias a los principios éticos y profesionales del periodismo o a sus convicciones personales en cuestiones religiosas o filosóficas, sin que puedan sufrir ningún tipo de perjuicio por su negativa justificada. Además, podrán terminar la relación jurídica que los una a la empresa cuando se produzca un cambio substancial en el carácter u orientación del medio, si éste supone una situación que atente a su honor o fama o sea incompatible con sus convicciones morales o cuando se hubiere infringido reiteradamente el derecho que la cláusula de conciencia le confiere.

Por lo anterior, se determina importante, que además de otorgarles seguridad a quienes ejercen el periodismo y colaboran con éste; en ese sentido, es fundamental que cuando los periodistas laboren para alguna empresa y hagan uso del derecho que les otorga la cláusula de conciencia, no les represente un perjuicio en su relación laboral, ni se les considere como responsables de la rescisión laboral y, por tanto, no sean objeto de despido justificado.

La propuesta de adición de un segundo párrafo al artículo 51, señala: “Además de las causas de recisión de la relación laboral sin responsabilidad para el trabajador indicadas en las fracciones anteriores, en el caso de los periodistas en el ejercicio de la cláusula de conciencia, podrán negarse a realizar actividades informativas contrarias a los principios éticos y profesionales del periodismo o a sus convicciones personales en cuestiones religiosas o filosóficas, sin que puedan sufrir ningún tipo de perjuicio por su negativa justificada, sin responsabilidad para estos”.

En tanto que la propuesta de adición del párrafo tercero, se especifica que: “En caso de que le sea rescindida la relación de trabajo al periodista por el ejercicio de la cláusula de conciencia, por ese solo hecho se considerará que el despido fue injustificado”.

Cabe destacar que en la sesión ordinaria del Congreso del Estado se eligió la mesa directiva que fungirá durante el mes de agosto, la cual será presidida por el diputado Germán Virgen Verduzco.

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