Luis Téllez Girón, administrador de Servicios al Contribuyente y Roberto González Salinas, administrador desconcentrado del Servicio de Administración Tributaria (SAT) en Colima, dieron a conocer el Programa de Regularización Fiscal para Pequeños Contribuyentes 2025, mediante el cual, los contribuyentes pueden obtener la disminución del 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución de los adeudos fiscales.
Indicaron que con este programa se facilita el pago de los adeudos fiscales y se fomenta el cumplimiento, así como la regularización de obligaciones físicas y morales, de las micro, pequeñas y medianas empresas.
Pero aclararon que esta disminución en las multas, recargos y gastos de ejecución no es una condonación, “es un incentivo previsto en la Ley de Ingresos de la Federación”, expresó Luis Téllez.
Las personas que quieran apegarse a este programa el contribuyente no puede haber recibido alguna condonación en el ponto de pago de créditos fiscales, con base a los programas generalizados y masivos de los años 2000. 2007 y 2013; que los créditos fiscales sobre los cuales aplica este estímulo correspondan a ejercicios fiscales en los que los ingresos totales no hayan excedido de 35 millones de pesos.
Este beneficio fiscal es aplicable a los adeudos de ejercicios de 2023 o anteriores determinados por el SAT y por la Agencia Nacional de Aduanas.
Los contribuyentes que pueden solicitar la disminución del 100% del monto de las multas, recargos y gastos de ejecución son: personas físicas y morales con ingresos totales de hasta 35 millones de pesos en el ejercicio fiscal que vayan a corregir y que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos:
1.-Contribuyentes que tengan a cargo contribuciones omitidas actualizadas; en este caso puede aplicar al estímulo solicitando una línea de captura a través de un caso de aclaración presentado a través del portal del SAT; deberá realizar el pago en una sola exhibición o acudir con cita, ya sea presencial en las oficinas del SAT o realizada a través de la oficina virtual.
2.-Contribuyentes sujetos a facultades de comprobación siempre que subsanen las irregularidades detectadas y se autocorrijan dentro del plazo establecido por el procedimiento.
3.- Los contribuyentes que ya tenían un crédito autorizado en pago a plazos, si mantienen un saldo al 1 de enero de 2025 pueden pagarlo en una sola exhibición y únicamente sobre las contribuciones actualizadas, es decir, lo recargos, multas y gastos de ejecución no tendría que pagaros.
4.-Si el contribuyente tiene créditos firmes determinados por la autoridad federal, que no hayan sido impugnados o si lo fueron se desistan, podrán acceder al beneficio.
Al igual que en el supuesto 1, en el 3 y 4 se debe en este caso puede aplicar al estímulo solicitando una línea de captura a través de un caso de aclaración presentado a través del portal del SAT; deberá realizar el pago en una sola exhibición o acudir con cita, ya sea presencial en las oficinas del SAT o realizada a través de la oficina virtual.
Roberto González mencionó que en estos créditos firmes también existe el beneficio de poderlos pagar hasta en 6 parcialidades, “entonces puede acceder este beneficio (del programa de regularización fiscal) siempre y cuando no se encuentre en concurso mercantil o sea declarado en quiebra”.
La solicitud para acceder al beneficio deberá presentarse antes del 30 de septiembre de 2025.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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