En la última sesión ordinaria, diputadas y diputados del H. Congreso del Estado de Colima, aprobaron por 23 votos una reforma a la Ley de Hacienda del Estado de Colima para incluir los llamados “impuestos ecológicos”, con el objetivo de generar cambios en los procesos que conllevan algunas actividades económicas, incentivar el uso de tecnologías alternativas, y procurar dar solución a las problemáticas ambientales, más allá de los fines recaudatorios.
El diputado Jaime Enrique Sotelo García, del Grupo Parlamentario del Partido Verde, dio lectura al dictamen, en el que se explica en su exposición de motivos que dichos impuestos devienen, principalmente, de la imperante necesidad de establecer un mecanismo de fiscalización o recaudación, que tenga como propósito reducir los índices de contaminación del medio ambiente. Actualmente ya son 15 entidades federativas las que tienen vigente alguna variante de impuestos ecológicos.
La reforma contempla en su Artículo 41 Bis 16 que “la finalidad de estas contribuciones es que los sujetos que se encuentren en el supuesto de causación, aporten a la Hacienda Pública del Estado en proporción a la responsabilidad por la contaminación ambiental generadas por la actividad económica que llevan a cabo”.
Además, en el mismo apartado, Bis 23, señala que, se aplicará “una tasa impositiva equivalente a cinco veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente, por tonelada emitida de CO2e”, en el momento que los sujetos realicen las emisiones a la atmósfera de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero.
La determinación se realizará por medio de una medición directa o estimación de las emisiones a la atmósfera de gases y compuestos de efecto invernadero que se generen y se tomará como referencia el RETC y el RENE de la SEMARNAT, los reportes de emisiones del Registro de Emisiones del Estado de Colima a cargo del IMADES así como de los reportes de sus emisiones o reportes de verificación emitido por Organismos de Validación y Verificación (OVV), acreditados bajo los estándares reconocidos y acreditados por la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA).
Los sujetos obligados serán personas físicas y morales, así como instituciones gubernamentales federales, estatales, municipales y organismos descentralizados y desconcentrados, cuyos procesos derivados de su actividad económica generen emisiones a la atmósfera de Gases y Compuestos de Efecto Invernadero.
Así mismo, la reforma especifica que este impuesto se pagará de manera anual, mediante declaración que deberán presentar a más tardar en el mes de abril del ejercicio fiscal siguiente a aquel al que corresponda el pago y entrará en vigor el día 1 de enero del año 2025.
Los ingresos que se obtengan se destinarán de manera anual al Fideicomiso Ambiental del Estado de Colima, garantizando el sostenimiento de acciones para la mitigación y adaptación de los efectos del cambio climático en el estado de Colima.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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