DERECHOS DE LAS AUDIENCIAS A CONSULTA
POR: Balvanero Balderrama García
balvanero@gmail.com / @Balvanero.B
A diez años de la promulgación de la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión (2014), y a 11 de la modificación constitucional que la propició, no se han terminado por aceptar los derechos de las audiencias.
Con notables y poderosas oposiciones, estos derechos han transitado por retrasos, controversias constitucionales, contrarreforma, amparos, juicios, sentencias. Diez años en los cuáles medios públicos, universitarios han llevado adelante el espíritu de la ley para garantizar a sus audiencias contenidos que las tomen en cuenta, más allá del criterio mercantilista.
Estos derechos, en el marco amplio de los Derechos Humanos, concretamente el Derecho Humano a la Comunicación, han tenido fuerte impulso desde la academia, investigadoras e investigadores, pero también desde una figura que la LFTR del 2014 reconoció legalmente pero que ya venía mostrándose, operando e impulsando a la propia ley: las defensorías de las audiencias, sus defensoras y defensores.
Estas defensorías, y quienes las ejercen, han consolidado asociaciones y tejido redes de colaboración con sus iguales en México y América Latina, con el objetivo de dar a conocer estos derechos, promoverlos, difundirlos y, también, defenderlos. Ahí está el amparo (2019) promovido y resuelto a su favor (2022) por la Asociación Mexicana de Defensorías de las Audiencias, AMDA, que es el argumento para que este anteproyecto se someta a consulta.
¿Por qué tantas resistencias a aceptar que las audiencias, que son la razón de ser de los medios, tienen derechos y deben ser respetados? ¿en que está que han prevalecido intereses particulares y no los derechos de las mayorías?
Esto tiene relevancia porque el Instituto Federal Electoral (IFT), órgano autónomo regulador en la materia, convoca a consulta pública del “anteproyecto de Lineamientos Generales para Garantizar los Derechos de las Audiencias” (ift.org.mx).
Publicado el pasado 19, se informa que la consulta estará vigente del 5 al 30 de agosto 2024, teniendo como objetivo: regular los Códigos de ética que deben emitir quienes tienen una concesión, así como a las Defensorías de las Audiencias.
Esto es relevante y pertinente. Al fin, después de un camino tortuoso en lo que respecta a los Derechos de las Audiencias -los tuyos, los míos, los de todas y todos-, el IFT pone a consideración este anteproyecto para que las personas e instituciones interesadas puedan opinar, proponer, sugerir.
Tenemos, en nuestro país, una radio centenaria y una presencia televisiva de más de 70 años; y los derechos de quienes escuchamos radio, vemos televisión, hacemos uso de los distintos medios, apenas 10 años y no terminan por aceptarse, por consolidarse. Hay distintos ejercicios estadísticos que analizan la disponibilidad de las TICs, así como comportamiento y consumo de las audiencias, la ENDUTIH es un ejemplo.
Todo esto debería fortalecerse con un marco normativo conforme a derecho, que privilegie el respeto y reconocimiento de las distintas audiencias,
Para ejercer los derechos, primero hay que conocerlos. Es importante, entonces, la participación en la consulta, hacer sentir la presencia de las audiencias interesadas, de las audiencias participativas, de las audiencias que se apropian de sus medios y que ejercen y exigen sus derechos.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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