El consejero presidente del Consejo General del Instituto Electoral del Estado, Guillermo Navarrete Zamora, informó que el próximo sábado siete de abril vence el plazo para que los partidos políticos soliciten su registro de coalición, tal y como lo dispone el Código Electoral del Estado de Colima en su artículo 81.
Entrevistado al término del evento en el que las dirigencias estatales del PRI y Partido Nueva Alianza presentaron la solicitud del registro de su convenio de coalición, Navarrete Zamora dijo que el Consejo General del IEE tiene diez días para resolver sobre la procedencia de esa solicitud.
Mencionó que hasta la mañana del martes 3 de abril, la del PRI y Partido Nueva Alianza es la primera solicitud para registrar coalición que el IEE recibe, “pero el plazo vence el siete de abril a las 12 de la noche para solicitar el registro de convenio de coalición”.
Recordó que en proceso electoral, todos los días y horas son hábiles, por eso “aquí estaremos a la orden, aunque sean días de asueto”.
A pregunta expresa, Guillermo Navarrete descartó la posibilidad de fijar un plazo adicional para presentar la solicitud de registro de coalición, pues en ese sentido el Código Electoral del Estado es tajante respecto a la fecha límite.
LO QUE DICE LA LEY
En su artículo 81, el Código Electoral del Estado de Colima establece que los partidos políticos podrán coaligarse para postular candidaturas de convergencia en las elecciones locales, siempre que hayan participado, cuando menos, en la elección inmediata anterior.
Las bases para que partidos políticos puedan coaligarse son la presentación de un convenio de coalición, que será el instrumento para postular las candidaturas de convergencia, el cual deberá presentarse ante el Consejo General del IEE, por lo menos 30 días antes del inicio del periodo para registrar las candidaturas sobre las cuales los partidos establezcan coaliciones.
Esa solicitud deberá acompañar la comprobación de que la coalición y la plataforma electoral común fueron aprobadas por el órgano de gobierno estatal de cada uno de los partidos políticos coaligados.
El Consejo General resolverá la procedencia del registro de la coalición dentro de los 10 días siguientes a su presentación, en forma debidamente fundada y motivada.
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