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Irlandeses adoptaron a 8 menores durante el 2011: Rafael García Rincón

PEDRO PUENTE PÉREZ | Colima | 23/01/2012

*En total fueron 80 adopciones, el resto nacionales *Las adopciones internacionales se llevaron a cabo en el Juzgado Familiar y en el Juzgado Mixto, Civil y Familiar, ambos de la ciudad de Colima

El Magistrado presidente del Supremo Tribunal de Justicia en el Estado, Rafael García Rincón, dio a conocer que durante el 2011 se realizaron un total de 80 adopciones, de las cuales 8 de ellas fueron ciudadanos irlandeses.

Indicó que durante el 2011 se realizó el trámite de 72 adopciones nacionales y 8 internacionales, las cuales corresponden para Irlanda, pero todo se realizó conforme a derecho.

García Rincón señaló que en caso de que los niños adoptados hayan sido de Jalisco, “al momento de hacer la promoción y acudir al juzgado familiar hay un sometimiento tácito respecto a la competencia del Juez Familiar, pues nuestra legislación permite esa prórroga de competencia, tratándose de la adopción internacional”.

Estas adopciones internacional cinco se realizaron en el Juzgado Familiar de Colima y las tres restantes se realizaron en el juzgado Mixto, Civil y Familiar de la ciudad de Colima.

El Código Civil del Estado de Colima señala que en el caso de las adopciones no debe haber un pago y refirió que “El consentimiento para dar en adopción a un hijo o hija debe entregarse libremente y por escrito sin que haya mediado pago o compensación alguna, el cual debe ser ratificado ante el juez de primera instancia, y en los lugares en donde no exista éste ante el juez mixto de paz o en su caso ante notario público de la demarcación del estado. El otorgante, en éste último caso, deberá estar asistido por cuando menos cuatro testigos”.

Cuestionado si los menores adoptados en el estado fueron de los reportados como desaparecidos en el estado de Jalisco señaló que es el Ministerio Público quien participa en este procedimiento, de jurisdicción voluntaria, quien de alguna manera tiene participación en el proceso “y es quien debe investigar cuando haya incidencia de hechos delictuosos”.

El Presidente del Suipremo Tribunal de Justicia aclaró que le corresponde al Ministerio Público investigar los delitos, por lo que al poder judicial muestra interés en participar, pues cuando las personas promueven se presume la buena fe de ellas, por lo que le corresponde al Ministerio Público indagar y a nosotros (poder Judicial) darles todo tipo de facilidades en el esclarecimiento de los hechos.

En Colima el Poder Judicial no tiene, hasta este momento no ha emitido sentencia por trata de personas, desde el 30 de abril del año 2008 en que se introdujo la reforma y en donde se cataloga como delito grave en el artículo 10 del Código Penal.

Requisitos para la adopción internacional son: Debe haber una constancia de idoneidad de los padres o de los que pretenden adoptar, la cual debe ser acreditada en el país de origen y, además, este país debe remitir un informe al país de origen del sujeto que se pretende adoptar por lo que debe hace runa relación de autoridades entre países; debe haber el requisito de la Secretaría de Gobernación para que ingresen al país quienes pretenden adoptar y puedan transitar libremente mientras realicen su tramitación y, cuando un documento se presente en idioma distinto al español debe traducirse y acreditar la legalización ante el cónsul respectivo en el país del país de origen.

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