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Niegan diputados permiso para que Tecomán adquiera nueva deuda

Administrador Colimapm | Colima | 20/12/2011

*Constitución de la República y Ley de Deuda Pública no permiten contratar deuda para destinarla a gasto corriente

Con el voto de los diputados del PRI, Partido Nueva Alianza y Partido del Trabajo y la abstención del PAN, el Congreso del Estado desechó la iniciativa del Ayuntamiento de Tecomán para contratar un empréstito hasta por 15 millones de pesos, debido a que la Constitución de la República no permite la contratación de deuda para destinarla a gasto corriente.

El dictamen a favor de desechar la iniciativa del Cabildo Tecomense, presentado por Rigoberto Salazar Velasco, presidente de la Comisión de Hacienda y Presupuesto de la Legislatura, señala que la solicitud para autorizar la contratación de un empréstito hasta por 15 millones de pesos, menciona que los recursos se utilizarían para pagar el saldo del convenio que se adeuda al Sindicato de Trabajadores del Ayuntamiento Constitucional, DIF Municipal y Comisión de Agua Potable de Tecomán.

Salazar Velasco explicó que como el destino de los recursos pretendidos con el empréstito no es para inversiones públicas productivas, sino al pago de deuda con el Sindicato, es improcedente la solicitud del crédito propuesto, ya que violenta la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Deuda Pública del Estado de Colima.

Rigoberto Salazar mencionó que la Constitución Mexicana señala en la fracción VIII del artículo 117, que los estados y municipios no pueden, en ningún caso, contraer empréstitos sino cuando se destinen a inversiones públicas productivas; mientras el artículo 7 de la Ley de Deuda Pública del Estado, establece que los recursos obtenidos mediante deuda pública, estarán destinados a inversión pública productiva, entendiéndose por ésta, las erogaciones efectuadas en obras públicas, adquisición de maquinaria y equipo, proyectos y modernización de la infraestructura operativa y en ningún caso podrán destinarse al concepto de gasto corriente.

Asimismo, el Congreso del Estado desechó también la iniciativa del Ayuntamiento de Tecomán de modificar la Ley que Establece las Cuotas y Tarifas para el Pago de los Derechos por los Servicios Públicos de Agua Potable, Alcantarillado y Saneamiento de ese Municipio.

El dictamen da cuenta que la propuesta del Ayuntamiento de Tecomán para incorporar nuevas tarifas y conceptos no previstos en la ley, no cumplió las etapas procedimentales al interior del Ayuntamiento de Tecomán, de conformidad con lo previsto en la Ley de Aguas del Estado de Colima.

En ese sentido, apuntó que la Comisión de Hacienda y Presupuesto verificó la inexistencia de la aprobación por parte del Ayuntamiento de Tecomán de las cuotas y tarifas propuestas por el Consejo de Administración del Organismo Operador de Agua Potable del Municipio de Tecomán, como lo determina la Ley de Aguas del Estado de Colima, que en su artículo 20 menciona que corresponde a los organismos operadores municipales proponer al Ayuntamiento que corresponda o al Gobernador, según el caso, las tarifas o cuotas para el pago de los derechos por la prestación de los servicios de agua potable, alcantarillado, infraestructura, tratamiento, saneamiento y manejo de Iodos, o su actualización, a fin de que estas autoridades, de considerarlo prudente, envíen las iniciativas correspondientes al Congreso del Estado para su análisis, discusión y en su caso, aprobación.

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