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Clausura PROFEPA obras civiles en terrenos de humedales de la Laguna de Juluapan

Administrador Colimapm | Manzanillo | 28/10/2011

* En la playa La Boquita

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal tres obras civiles en terrenos de humedales de la laguna de Juluapan, en la playa La Boquita, por no contar con autorización en materia de impacto ambiental que expide la Semarnat, y a la vez aseguró precautoriamente en dos ramadas 59 piezas de las especies mangle blanco, barcino y timúchil, con un volumen total de 0.730 decímetros cúbicos rollo, al continuar con las actividades del “Operativo Integral Manzanillo 2011”.

Con fundamento en el artículo 170 fracción I de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, se clausuraron obras y actividades en zona de humedales, mientras que en el caso del aseguramiento precautorio de las especies forestales, se actuó de conformidad con lo previsto por los artículos 119 y 139 fracción XII del Reglamento Interior de la Semarnat, así como del 161 fracción I de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

Las tres obras civiles contemplan en general 145 metros cuadrados, en las cuales se eliminó una porción del hábitat de aves y especies de fauna acuática, como pequeños peces, anfibios y crustáceos.

Asimismo, dado que los sitios intervenidos forman parte de la laguna de Juluapan y constituyen un humedal costero de acuerdo a sus características físicas, hidrológicas y biológicas, son sujetos de protección y conservación por las distintas leyes y normas en materia ambiental.

Las obras descritas en zona de humedales implicaban un riesgo inminente de daño o deterioro grave de los componentes del mismo que no garantizan su conservación, toda vez que no obstante se encuentra prohibida la disposición de residuos sólidos en humedales costeros, la compactación del sedimento y el relleno, así como el desmonte, quema y desecación de vegetación del humedal, no se respetan tales ordenamientos y no se contribuye a la restauración de sus funciones hidrológicas, de contigüidad y de mantenimiento de la biodiversidad con medidas que restablezcan su cobertura vegetal y flujo hidrológico, evitando con ello su deterioro por el cambio de uso de suelo, desvío de agua, azolvamiento y otros factores.

En lo que respecta al aseguramiento precautorio, dicha medida de seguridad implementada en las ramadas “Tanilos” y “Víctor” de la playa La Boquita se ejecutó por almacenar dichas materias primas forestales sin autorización oficial que otorga la Semarnat para realizar el aprovechamiento no extractivo de ejemplares, partes o derivados de vida silvestre.

Cabe destacar que el manglar está considerado como flora silvestre, regulado por la Ley General de Vida Silvestre y enlistado en la NOM-059-Semarnat-2010, denominada como protección especial de especies nativas de México de flora y fauna silvestre-categorías de riesgo y especificaciones para su inclusión, exclusión o cambio lista de especies en riesgo, con estatus de amenazada.

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