En seguimiento a las acciones de investigación en torno al aseguramiento de un tráiler, marca Freightliner, color amarillo, con placas de circulación del Estado de Colima, por transportar nueve árboles forestales de la especie arrayán (Myrtus communis) sin contar con la documentación para acreditar la legal procedencia, cuyos ejemplares se entregarían a un vivero ubicado en el municipio de Coquimatlán, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa), tras inspeccionar dicho establecimiento en materia de vida silvestre, aseguró mil 258 patas de elefante (Beuacarnea recurvata) al no comprobarse la legal procedencia, así como en materia forestal 52 plantas completas de arrayán y una de parota.
Los aseguramientos correspondientes procedieron de conformidad con lo previsto por los artículos 50 y 51 de la Ley General de Vida Silvestre, así como por el artículo 94 fracción VI del Reglamento de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.
Inicialmente, inspectores de esta Procuraduría, al momento de levantar el acta de inspección, impusieron como medida al vivero denominado “El Tamarindo”, ubicado a la altura del kilómetro 3 de la carretera Coquimatlán-La Esperanza, el aseguramiento de mil 200 plántulas de patas de elefante, 37 más de 10 centímetros y 21 de entre 1.5 a 2 metros, para un total de mil 258.
Cabe señalar que las patas de elefante están en la NOM-059-ECOL-2011 en la categoría de amenazada y es endémica.
Posteriormente, en materia forestal, aseguró una planta completa de parota y 7 de arrayán, con diámetros que oscilan entre los 5 a 8 centímetros y con alturas de 4 a 5 metros, así como 45 de arrayán entre los 7 a 26 centímetros y alturas de 5 a 12 metros, éstas últimas con un volumen de 2.284 metros cúbicos.
Por lo anterior, la Profepa en ambos casos dará seguimiento a la substanciación del procedimiento administrativo instaurado al propietario y/o responsable del vivero “El Tamarindo” y en la correspondiente etapa procesal dictará la resolución, en la cual se imponga sanción económica por no contar con la documentación oficial para acreditar la legal procedencia.
Esta Dependencia, en el ejercicio de sus atribuciones, también analiza y valora la posibilidad de interponer denuncia penal ante el Ministerio Público de la Federación por los hechos circunstanciados por los inspectores actuantes, de los cuales se podría desprender la comisión de un delito por violaciones a lo previsto por los artículos 417 y 419 del Código Penal Federal.
De acuerdo a información proporcionada por el inspeccionado, los ejemplares de pata de elefante, arrayanes y parota fueron traídos de Guadalajara, Jalisco, por el propietario del establecimiento, mismos que al crecer los retorna a dicha ciudad para su comercialización, dado que cuenta allá con otro vivero, a través del cual vende y distribuye lo que se produce, principalmente a la parte centro-norte del país.
En lo que respecta al modo que operan, todas las transacciones se hacen por conducto del propietario y únicamente llegan a las instalaciones del vivero “El Tamarindo” vehículos tipo torton o tráiler con indicaciones precisas de lo que van a recoger y el destino de los ejemplares.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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