
POR: Balvanero Balderrama García
TRABAJO DOMÉSTICO
Las labores domésticas van más allá que sólo limpiar, sacudir, preparar la comida y lavar la ropa. También tiene que ver con hacer la despensa, el pago de los servicios y la propia administración del gasto en el hogar. Se incluye, de igual forma, el cuidado de las mascotas, así como reparaciones menores en la vivienda o de vehículos que se posean. En lo que se refiere a las personas, se considera también en este rubro el cuidado general de menores y personas mayores a 60 años, considerando –según corresponda- alimentarlos, vestirlos, aseo, traslado a guarderías, al médico, enseñar a vestirse y alimentarse, apoyo en las tareas escolares y acudir a eventos relacionados con ese cuidado. Pero no es todo, en caso de haber en casa, también se considera el cuidado a enfermos temporales y/o con enfermedades crónicas o con alguna discapacidad. Inclusive, se considera también el apoyo que se brinde a otros hogares como ayuda en algunos de los rubros anteriores.
Es tan importante esta actividad que hay, dentro de las Cuentas Nacionales de México del INEGI –son siete-, una en específico que se denomina: Cuenta Satélite del Trabajo No Remunerado en México. Hay cifras muy interesantes; por ejemplo, para el 2016 el valor del trabajo no remunerado en nuestro país representó la cantidad de 4,663,948 (millones de pesos); lo que significó una participación del 23.2 por ciento del Producto Interno Bruto en ese año. De ese porcentaje, se imaginó usted bien, el mayor aporte es de las mujeres: 17.5% y los varones el 5.7 por ciento.
De hecho, si es de su interés, en la página del INEGI (www.inegi.org.mx) hay un simulador en el cual se van anotando las horas semanales que se le dedica a los diferentes rubros y al final hace un cálculo anualizado, interesante ejercicio para darse una idea del valor que representa el propio trabajo en el hogar.
Lo anterior viene a reflexión porque recientemente se dio a conocer que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió que las labores en el hogar se deben considerar como contribución económica, para efectos de una posible modificación de los derechos de propiedad que se hayan adquirido durante un matrimonio cebrado bajo la figura de la separación de bienes.
Es una verdad irrefutable que aun en nuestros días la mayoría de las labores domésticas descritas al principio de este escrito son realizadas por las mujeres, y no sólo eso, sino que en muchos espacios familiares se considera una obligación suya. De esta concepción vienen dobles y hasta triples jornadas que impiden, en mucho, el desarrollo profesional, personal, laboral de las mujeres. Mucho hay todavía que trabajar para que estas labores sean compartidas y asumidas corresponsablemente por todas y todos los integrantes de los diferentes hogares.
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A partir del Lunes 11 de Abril de 2011
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