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Ofrece SAT facilidades para la declaración anual de personas físicas

Administrador Colimapm | Colima | 04/04/2018

*Durante el mes de abril se estarán recibiendo las declaraciones anuales de las personas físicas

El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ofrece facilidades a las personas físicas que habrán de entregar su declaración anual del Impuesto Sobre la Renta (ISR) 2017, durante este mes de abril.

Así lo dio a conocer el administrador de Servicios al Contribuyente de Colima, Luis Roberto Téllez Girón Gómez, quien en conferencia de prensa, señaló que están obligados a presentar esta declaración quienes obtienen ingresos a través de la prestación de servicios profesionales, que realizan actividades empresariales, por arrendamiento o intereses, así como asalariados con dos o más fuentes de ingreso, entre otros que marca la ley.

En este sentido, ponderó el funcionario federal que este año 2018 que en la declaración se utilizará directamente la información vertida en las facturas electrónicas a diferencia de otros años que se obtenían de las declaraciones informativas de terceros y las declaraciones mensuales.

“Como una facilidad los asalariados que sólo tengan un patrón no están obligados a declarar pero si tienen deducciones personales que pueden resultar en un saldo favor pueden presentar su declaración en cualquier momento del año”, expresó.

Además, subrayó que las deducciones personales en donde se puede llegar a obtener un saldo a favor ya están pre llenados en la declaración y corresponden a los gastos hechos el año pasado por los contribuyentes siempre que se haya pedido factura y se haya pagado con tarjeta o transacciones electrónicas.

Mencionó que Algunos de ellos son honorarios médicos, dentales, de psicólogo y nutriólogo, así como gastos hospitalarios, donativos, intereses reales pagados por  créditos hipotecarios para casa-habitación, colegiaturas, entre otros.

“Para facilitar el cumplimiento de esta obligación, la información que provee la factura electrónica el SAT  pone a disposición de los contribuyentes una propuesta de declaración por lo que sólo se tiene que regresar a aceptar y enviar”, aseveró.

Finalmente se expuso que la fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración anual es el próximo 30 de abril, señalando que el horario de atención que el SAT pone a disposición es del 2 al 20 de abril de 8:00 a 16:00 horas;  y a partir del día 23 hasta las 17:00 horas, los sábados 21 y 28 de abril de 9:00 a 15:00 horas y el 30 de abril hasta el último contribuyente.

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