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Propone Itzel Ríos cadena perpetua a homicidas y secuestradores

Administrador Colimapm | Colima | 20/01/2011

Para adecuar la legislación penal a los nuevos tiempos y circunstancias, la coordinadora de los diputados locales del PRI, Itzel Ríos de la Mora, presentó una iniciativa de reforma al Código Penal del Estado, con la que busca establecer la cadena perpetua o prisión vitalicia en determinados casos de los delitos de homicidio y secuestro.

A nombre de sus compañeros de bancada y de los diputados Alfredo Hernández y Guillermo Rangel, de Nueva Alianza, y Olaf Presa, del Partido del Trabajo, la iniciativa de reforma presentada por Ríos de la Mora plantea establecer como nueva pena de prisión la cadena perpetua, en adición a la ya existente prisión temporal, que podrá durar de tres días a sesenta años, en lugar de los actuales 50 años.

Turnada a comisiones para su análisis, la iniciativa de los diputados del PRI, los del Partido Nueva Alianza y el del PT plantea agravar la pena a quienes cometan el delito de violación, imponiendo penas de treinta a cuarenta años al que cometa el delito en parajes solitarios o lugares desprotegidos, o valiéndose el sujeto activo de identificaciones oficiales, sean ciertas o falsas.

Con relación a la prisión vitalicia, la propuesta es que ésta sea para el responsable de homicidio cuando lo cometa por retribución; cuando dolosamente se cometa en contra de agentes policiales o servidores públicos encargados de administrar o procurar justicia, y cuando dolosamente se cometa en perjuicio de periodistas con motivo de su actividad periodística.

El planteamiento de prisión vitalicia sería también cuando en el momento de la privación de la vida, o posterior a ello, se realice la decapitación, mutilación, quemaduras, descuartizamiento o se utilicen mensajes intimidatorios dirigidos a la población o a los representantes de las instituciones públicas, y a quien se le condene por el homicidio doloso de tres o más personas, en el mismo o en distintos hechos.

Para los casos de secuestro, la propuesta es que la pena sea prisión vitalicia cuando el ilícito se realice en lugar solitario; cuando el secuestrador se ostente como autoridad sin serlo; cuando se cometa por servidores públicos que desempeñen funciones de prevención, investigación o persecución de delitos; cuando se cometa por ex agentes de prevención, investigación o persecución de delitos, y cuando intervengan dos o más personas.

Podría imponerse prisión vitalicia al que secuestre a un menor de edad, a una mujer, una persona mayor de sesenta años, a una persona que no tenga capacidad para comprender el significado del hecho, discapacitada o que por cualquier circunstancia esté en situación de inferioridad física o mental respecto al delincuente.

También se impondría prisión vitalicia al secuestrador cuando tenga parentesco hasta el cuarto grado, amistad, gratitud, trabajo u otro vínculo que produzca confianza con la víctima; cuando la privación de la libertad se prolongue por más de cinco días; cuando el sujeto activo utilice para delinquir a una o más personas menores de edad; cuando para privar de su libertad a una persona se allane el bien inmueble en que ésta se encuentra; cuando se utilicen medios violentos, vejatorios o humillantes para la víctima, y cuando se torture, viole o mutile cualquier parte del cuerpo de la víctima o se prive de la vida o muera la víctima a consecuencia de la impresión del ilícito.

Asimismo, por estimar que el secuestro exprés y la extorsión afectan de manera importante valores fundamentales de la sociedad, la iniciativa propone considerarlos delitos graves, para lo cual se plantea pena de prisión de treinta a cincuenta años en secuestro exprés, y de quince a treinta años en la extorsión.

La iniciativa considera elevar la penas por homicidio simple, proponiendo veinte a treinta años de prisión, cuando hasta hoy son de 15 a 25 años; mientras al responsable de homicidio calificado podría imponérsele una pena de 40 a 60 años de prisión, en lugar de los 35 a 50 años actuales.

Al responsable de homicidio en contra de su ascendiente o descendiente consanguíneo, adoptante o adoptado, o a quien es o fue cónyuge, concubina o concubinario, o pareja en una relación adúltera con el homicida, se le podrían imponer de cuarenta a sesenta años de prisión, en lugar de los 35 a 50 años actuales.

Para el delito de secuestro, la iniciativa de reforma al Código Penal propone duplicar la pena, en lugar de aplicar prisión de 18 a 28 años, sería de 35 a 55 años de cárcel; proponiendo pena de prisión vitalicia para ciertos casos especiales de secuestro.

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