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Presenta Federico Rangel iniciativa de ley para prevenir y eliminar la discriminación

Administrador Colimapm | Colima | 11/01/2016

*Se propone integrar un Consejo Estatal para Prevenir la Discriminación.

La fracción parlamentaria del PRI en el Congreso presentó al pleno de la LVIII Legislatura una iniciativa de ley con Proyecto de Decreto relativa a crear en la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Colima, la cual abogaría la Ley publicada en el Decreto 25, del 14 de junio de 2008.

Con esta Ley se busca principalmente que los grupos vulnerables, así como cualquier persona cuenten con un mecanismo que les permita el acceso pleno de sus derechos sin que sean objeto de discriminación alguna.

El coordinador de la fracción parlamentaria del PRI, Federico Rangel Lozano, presentó la iniciativa que consta de 91 artículos y entre los cuales se contempla la creación de un Consejo Estatal para Prevenir la Discriminación.

Dicho Consejo sería un organismo descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios y tendrá a su cargo la rectoría en la aplicación de la ley, velando por su cumplimiento y la consecución de sus objetivos.

Para el desarrollo de sus atribuciones, el Consejo gozará de autonomía técnica y de gestión, y contará con los recursos suficientes que anual y progresivamente se le asignen en el Presupuesto de Egresos de la Entidad.

Para dictar las resoluciones por disposición que se formulen en términos de la ley, el Consejo no estará subordinado a autoridad alguna y adoptará sus decisiones con plena independencia.

La Administración del Consejo correspondería la Junta de Gobierno y la Presidencia del Consejo.

La propuesta presentada por Rangel Lozano contempla que la Junta de Gobierno estará integrada por la persona que ocupe la Presidencia del Consejo, siete personas representantes del Poder Ejecutivo Estatal y siete personas de la Asamblea Consultiva del Consejo.

Las personas integrantes designadas por la Asamblea Consultiva y sus respectivas personas suplentes durarán en su encargo tres años, pudiendo ser ratificadas por otro período igual, o hasta la terminación de su periodo como integrante de la Asamblea Consultiva.

Este cargo tendrá el carácter de honorario.

La Presidencia del Consejo, quien presidirá la Junta, será designada por el titular del Poder Ejecutivo Estatal.

El Congreso podrá objetar el nombramiento por mayoría calificada, pudiendo también hacerlo la Comisión Permanente durante los periodos de receso bajo el mismo esquema de mayoría, durante los treinta días naturales posteriores al nombramiento.

Si no se presenta objeción al vencimiento de este plazo, se tendrá por efectivo el nombramiento formulado por la persona titular del Ejecutivo Estatal.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Rangel Lozano señaló que el motivo por el cual consideramos oportuno presentar la presente iniciativa que crea la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en el Estado de Colima es con el objeto de eliminar todas las formas de discriminación, así como promover las condiciones para que la libertad y la igualdad de las personas sean reales y efectivas.

Toda persona podrá presentar quejas por presuntos actos, omisiones o prácticas discriminatorias ante el Consejo, ya sea directamente o por medio de su representante, aun cuando no tenga vínculos con la persona presuntamente agraviada.

Las organizaciones de la sociedad civil podrán presentar quejas en los términos de esta ley, designando un representante.

Mediante este procedimiento de queja se busca inhibir de manera directa la comisión de actos de pudieran ser considerados como discriminatorios y con ello se vulneren los derechos de las personas.

La iniciativa fue turnada a la Comisión competente para proceder al análisis y dictamen correspondiente.

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