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Reforman ley para crear juzgados que resolverán conflictos vecinales

Administrador Colimapm | Colima | 08/07/2015

Para preservar el orden y la paz pública, así como para dirimir los conflictos entre vecinos o los que tengan éstos con la administración pública municipal, el Congreso del Estado reformó la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima.

El dictamen a favor de la reforma, que fue propuesta por el diputado Óscar Valdovinos Anguiano, señala la necesidad de contar con una autoridad en el ámbito municipal, revestida de facultades suficientes para conocer de los conflictos vecinales que se generen en los municipios, así como de las infracciones a las leyes y reglamentos municipales.

Así, en votación unánime, la Legislatura determinó crear la figura del juzgado cívico, cuyo titular tendrá las aptitudes adecuadas para poder realizar sus facultades, por lo que la reforma establece que ese funcionario sea propuesto por el presidente municipal y nombrado por el cabildo de cada ayuntamiento.

Entre las facultades que la ley impone al juez cívico, están la de recibir y dar trámite a las quejas presentadas por los habitantes del municipio; resolver sobre la responsabilidad de los probables infractores; imponer sanciones; intervenir en conflictos vecinales, con el fin de avenir a las partes o conocer de las infracciones cívicas que se deriven de tales conductas, y ejercer funciones conciliatorias.

La figura jurídica de juez cívico en los municipios que contempla la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima tiene carácter optativo, es decir, cada municipio tendrá la facultad de decidir si la adopta o no, lo anterior en pleno respeto de su autonomía municipal.

Cuando presentó la iniciativa de reforma a la Ley del Municipio Libre del Estado de Colima, Valdovinos Anguiano expuso que la facultad de la autoridad municipal para resolver conflictos vecinales y para aplicar sanciones a quienes violentan las disposiciones jurídicas municipales, no se ejerce plenamente por falta de claridad en las leyes.

En su oportunidad, dijo que esa falta de claridad en las normas provoca que la sociedad no tenga certidumbre cuando se enfrenta a conflictos entre vecinos, al desconocer ante qué autoridad municipal acudir para denunciarlos, ni qué procedimiento agotar para solucionarlos.

Admitió que esa problemática ha provocado que un gran número de conflictos en los municipios no sean debidamente resueltos, y más preocupante aún, que la sociedad no confié en sus autoridades y por tanto no denuncie los problemas y diversas situaciones que se suscitan en la comunidad.

Para resolver esa problemática, consideró necesaria la creación de una autoridad en el ámbito municipal, revestida de facultades suficientes para conocer de los conflictos vecinales que se generen en los municipios, así como de las infracciones a las leyes y reglamentos municipales.

Entre las facultades aprobadas para el juez cívico, están la de recibir y dar trámite a las quejas presentadas por los habitantes del municipio; resolver sobre la responsabilidad de los probables infractores; imponer sanciones; intervenir en conflictos vecinales, con el fin de avenir a las partes o conocer de las infracciones cívicas que se deriven de tales conductas, y ejercer funciones conciliatorias.

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