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Emiten Juzgados Familiares 67 órdenes de protección en los últimos 6 meses

Administrador Colimapm | Colima | 22/06/2013

*Jueza, Ernestina Arroyo señala que de forma inmediata se protege al ofendido una vez que se acredita la violencia, se deposita en un lugar seguro y mediante orden judicial prohíbe acercarse al agresor

Un promedio de 67 órdenes de protección han realizado los Juzgados Familiares del Poder Judicial del Estado de Colima durante el primer semestre del año judicial, comprendido de noviembre del 2012 a abril del 2013.

De acuerdo con el informe otorgado por la Coordinación de Evaluación y Estadística de esta institución, el 51% de las protecciones han sido otorgados a mujeres lo que representa 34 casos, siguen los menores de edad con el 46% en 31 asuntos, y sólo 2 emitidas a hombres que refleja el 3%, así mismo se precisa que los municipios de Colima y Villa de Álvarez concentran el mayor número de asuntos tramitados.

La Jueza Primero de lo Familiar en Colima, Ernestina Arroyo Brizuela explicó que las órdenes de protección se otorgan de manera inmediata una vez que se acredita que efectivamente existe violencia en el núcleo familiar.

“En cuanto se acredita la agresión, ya sea a través de documentos del Ministerio Publico, una acta Notarial, o que un Actuario de nuestro Juzgado levante el acta correspondiente, con eso es suficiente para que el Juzgado proceda a admitir la demanda inicial” explicó Arroyo Brizuela.

Detalló que una vez que se inicia la demanda, el protocolo a seguir es depositar en un lugar seguro a la o las personas ofendidas, sustraer al agresor e indicarle que no puede acercarse a una distancia de 200 metros del domicilio, del lugar de trabajo o escuela de los menores, de lo contrario incurriría en el delito penal correspondiente al no atender una orden judicial.

De forma adicional se canaliza a las personas afectadas ya sea al área de Trabajo Social del Poder Judicial del Estado, al DIF Estatal, al Consejo Estatal para la Prevención y Atención a la Violencia Intrafamiliar (CEPAVI), ó a la Clínica Universitaria de Atención Psicológica (CUAP), para que reciban la ayuda que se necesitan, destacando que principalmente se protege la garantía del Derecho Humano que implica la protección psicológica, física y sobre todo la vida misma.

Indicó que las órdenes de protección se pueden otorgar tanto a mujeres como a hombres, así como a menores de edad y adultos mayores e invitó a la sociedad a que denuncien la autoridad competente cualquier clase de abuso y que salgan de la rutina de maltrato psicológico y golpes, pero sobre todo que tengan la seguridad en los Juzgados Familiares del Poder Judicial del Estado donde se realiza un gran esfuerzo para realizar el trámite conducente para otorgarles la protección que se merece.

“Si efectivamente estamos viendo que una persona está corriendo un riesgo, entonces en el momento que se acredita, debemos concederla de manera inmediata, porque no podemos permitir el deceso de una persona por violencia” concluyó.

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