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Piden Diputados del PAN Armonizar Ordenamientos

ELVIA ROMERO | Colima | 17/01/2012

En voz del diputado José Luis López González, la fracción panista en el Congreso, pidió a través de una reforma a la Ley del Municipio Libre del Estado, que los Ayuntamientos estén posibilitados de autorizar y remitir anualmente al Congreso, para su aprobación, las correspondientes iniciativas de ley general de ingresos municipales para el siguiente ejercicio fiscal.

Lo anterior a más tardar el 31 de octubre y hasta el 15 de noviembre de cada tres años.

De no hacerlo podría quedar vigente la ley general de ingresos municipal del ejercicio fiscal vigente.

El diputado dijo que esta propuesta se hace porque actualmente existe una contradicción entre lo que dice la Constitución Local y la Ley del Municipio Libre.

“Pero debe prevalecer lo dispuesto por la Carta Magna Local, máxime cuando en la Constitución Estatal en su decreto 146 es más reciente que aquel que promulgó la Ley del Municipio Libre”, afirmó.

Explicó que la Ley de Municipio Libre, en las facultes y obligaciones de los ayuntamientos, relativo a la hacienda pública, señala que “autorizar y remitir al Congreso, para su aprobación, entre el 1 y el 15 del mes de noviembre de cada año, la iniciativa de ley general de ingresos municipales para el siguiente año; en caso de incumplimiento quedará vigente ley general de ingresos municipales del ejercicio fiscal vigente”.

Mientras que el artículo 94 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, reformado mediante decreto 146 del 31 de agosto de 2007, textualmente dice: “Los Ayuntamientos, estarán obligados a remitir anualmente al Congreso del Estado para su aprobación sus proyectos de leyes de ingresos, a más tardar el 31 de octubre y hasta el 15 de noviembre de cada tres años, cuando con motivo del cambio de gobierno municipal”.

Por ello, afirma hay una contradicción entre estos dos textos.

También Sucede Entre Ley Orgánica y su Reglamento.

Por su parte y mediante reforma al artículo 164 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Colima, la diputada Patricia Lugo Barriga propuso que cuando no se especifique el sentido de la mayoría en una votación del pleno, se deberá entender como mayoría absoluta.

Lo anterior, al presentar una iniciativa de ley en el Congreso Local, durante la pasada sesión ordinaria. “Existe una clara contradicción entre lo que dice la ley y su reglamento, respecto de los casos cuando en ambas no se señale el tipo de mayoría requerida para las resoluciones del Congreso, toda vez que por un lado la ley señala que en dichos casos será por mayoría absoluta y el reglamento señala que será por mayoría simple”.

Agregó que prevalece lo dispuesto por la Ley Orgánica en el sentido de que en los casos señalados, la mayoría que se requiere es la absoluta, sin embargo, para no dar lugar a confusiones e interpretaciones equivocadas, es conveniente modificar el Reglamento para que quede armonizado con lo que la Ley estipula.

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