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Celebra la CNDH revés de la corte al congreso de Colima

Administrador Colimapm | Colima | 13/01/2020

*Titular de CNDH pide a Congresos no incorporar leyes inconstitucionales

La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) celebró la decisión de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la inserción en la legislación de Colima  de diversos preceptos contrarios a los derechos fundamentales.

Ello luego de que la semana pasada la Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidara algunos artículos de la de la Ley de Justicia Administrativa de Colima”, aprobada el 16 de junio del 2018 por la Quincuagésima Octava Legislatura Local, pues dicho Poder en el Estado pretendía, sin tener facultades, “establecer la obligación de ser mexicano por nacimiento como requisito para ocupar un cargo público”.

Dichos artículos fueron impugnados por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) por ser considerados contrarios a los derechos fundamentales reconocidos en nuestra Constitución Federal, al resolver, los pasados días 7 y 9 del presente mes de enero, acciones de inconstitucionalidad promovidas por este Organismo Nacional.

La Suprema Corte también resolvió las acciones de inconstitucionalidad 79/2018 y 39/2019, promovidas por esta CNDH contra los artículos de las leyes orgánicas de las Fiscalías Generales de Colima y Michoacán, las cuales establecían un tratamiento de reserva de toda la información relacionada con las carpetas de investigación que se lleven ante esas autoridades, sin distinción alguna ni valoración del posible daño que podría causar su divulgación, lo cual transgrede el derecho de acceso a la información y el principio de máxima publicidad que rige esta prerrogativa. 

La titular del organismo autónomo, María del Rosario Piedra Ibarra, llamó a los integrantes de los Congresos estatales a que se abstengan de establecer este tipo de normas consideradas inconstitucionales por la SCJN.

Ello, en aras de salvaguardar los derechos a la igualdad y no discriminación, de ocupar un cargo público y la libertad de trabajo, así como de acceso a la información, a efecto de garantizar la seguridad jurídica entre todas las personas.

La SCJN resolvió las acciones de inconstitucionalidad 59/2018, 87/2018 y 4/2019–, que CNDH impugnó por disposiciones que exigían como requisito tener la calidad de mexicano por nacimiento para ocupar los cargos públicos de Magistrado y diversos funcionarios del Tribunal de Justicia Administrativa en Colima, Consejero Jurídico del Ejecutivo de Sinaloa y Comisionado del Instituto de Protección a la Identidad de Tamaulipas.

La CNDH resaltó que los hechos fueron cuestionados ante el máximo tribunal constitucional, pues estimó que constituyen medidas discriminatorias, al referirse a la nacionalidad de las personas, lo que no atiende a razones objetivas, pues distinguen entre mexicanos por nacimiento y por naturalización.

Ello, sin considerar las capacidades de las personas para desempeñar funciones públicas, sino sólo por la forma en que obtuvieron su nacionalidad.

El Máximo Tribunal declaró la inconstitucionalidad de esos artículos, pues consideró que las entidades federativas carecen de atribuciones para establecer normas sobre el tratamiento que debe darse a la información relativas a las investigaciones del Ministerio Público sobre la posible comisión de los delitos, ya que esta materia solo puede ser regulada por el Congreso de la Unión en el Código Nacional de Procedimientos Penales. 

Las normas invalidadas por nuestro Supremo Tribunal, como consecuencia de las sentencias antes mencionadas, no pueden volver a aplicarse en el futuro a ninguna persona, debido a que fueron expulsadas del orden jurídico. 

En tal sentido, la Presidenta de esta Comisión Nacional “saluda esta labor de la SCJN en favor de los derechos humanos, a instancia de las acciones de inconstitucionalidad interpuestas por la CNDH, lo que se traduce en colaboración institucional entre el Poder Judicial de la Federación y este Organismo Constitucional Autónomo que fortalece el régimen de protección de los derechos fundamentales en México y el Estado de Derecho”.

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