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Aprueban diputados Ley de Austeridad para el Estado de Colima

Administrador Colimapm | Colima | 13/12/2018

*Crean el Instituto de Profesionalización e Investigación Parlamentaria del Congreso de Colima *Se modifica el nombre de dos comisiones y se crean dos más

El H. Congreso del Estado de Colima aprobó con 21 votos a favor y una abstención, de la Diputada Lizeth Anaya Mejía, el Dictamen de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales en el que se crea la Ley de Austeridad del Estado de Colima.

En tribuna el Diputado Vladimir Parra Barragán, Secretario de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, comentó que esta Ley tendrá por objeto la aplicación de medidas de austeridad en la programación y ejecución del gasto gubernamental, como política de Estado para hacer cumplir los principios de economía, eficacia, eficiencia, transparencia y honradez en la administración de los recursos económicos de carácter público.

Dicha Ley va en el sentido de los ejes programáticos del Gobierno de la República, encabezado por Andrés Manuel López Obrador, los cuales buscan la reducción de gastos onerosos por parte del Gobierno y con ello priorizar la inversión social de la Hacienda Pública.

Esta Ley homologará las remuneraciones que perciban todos los servidores públicos del Estado de Colima, con las leyes federales en los artículos 116, fracción II, y 127 de la Constitución, recién reformadas por la Sexagésima Cuarta Legislatura Federal; así como la Ley de Remuneraciones del de los Servidores Públicos del Estado y los Municipios.

En su artículo cuarto la Ley de Austeridad prohíbe la contratación de seguros privados de gastos médicos, de vida o de separación, individuales o colectivos, por parte de los entes públicos para beneficio de cualquier servidor público.

Además, los Diputados de la Quincuagésima Novena Legislatura, aprobaron que el gasto neto total ejercido anualmente en difusión de propaganda oficial por las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo se limitará a un máximo del 0.2% de su presupuesto; mientras que para los Poderes Judicial y Legislativo, Municipios y Órganos Autónomos será de hasta el 0.4 %.

Así mismo el Artículo noveno prohíbe la adquisición de boletos de viajes en servicio de primera clase o equivalente, así como la contratación de servicios privados de aerotransporte y sólo se autorizarán por ente público, dependencia, órgano desconcentrado o entidad los viajes oficiales que resulten estrictamente necesarios.

De la misma forma, los gastos por servicios de telefonía, fotocopiado y energía eléctrica; combustibles, arrendamientos, viáticos, honorarios, alimentación, mobiliario, remodelación de oficinas, equipo de telecomunicaciones, bienes informáticos, pasajes, congresos, convenciones, exposiciones, seminarios, estudios e investigaciones, no podrán exceder de los montos erogados en el ejercicio presupuestal inmediato anterior.

El artículo onceavo busca que los fideicomisos, fondos, mandatos o análogos públicos o privados se apeguen estrictamente a las reglas de disciplina financiera, transparencia, rendición de cuentas y fiscalización del gasto, además de que no podrán ser reservados de forma secreta.

Finalmente, la presente Ley entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “El Estado de Colima”. 

CREAN EL INSTITUTO EL INSTITUTO DE PROFESIONALIZACIÓN E INVESTIGACIÓN PARLAMENTARIA DEL CONGRESO DE COLIMA

El H. Congreso del Estado de Colima aprobó la creación del Instituto de Profesionalización e Investigación parlamentaria, las cuales tendrán a su cargo realizar las tareas de investigación jurídica y legislativa que requiera el Congreso.

De igual manera, le corresponderá la capacitación, profesionalización y asesoría parlamentaria, así como el resguardo de los archivos históricos del Poder Legislativo.

Aprobado de forma unánime por los y las Diputadas, con la ausencia justificada de los Diputados Guillermo Toscano Reyes, Luis Fernando Escamilla Velasco y Luis Fernando Antero Valle, fue aprobado el Dictamen de la Comisión de Estudios Legislativas y Puntos Constitucionales.

Dicho Instituto se regirá por una Junta de Gobierno la cual estará integrada por una Presidencia, a cargo del Titular de la Presidencia de la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios; una Secretaría, que estará a cargo del Titular de la Dirección del Instituto; y cinco vocalías, que corresponderán a las personas Titulares o integrantes de la Comisión de Hacienda; de Puntos Legislativos; de Educación; Justicia, Gobernación y Poderes; y la Comisión de Economía.

El Decreto aprobado también menciona que la Dirección del Instituto estará a cargo de un titular, quien será nombrado o nombrada por el Congreso del Estado de Colima, a propuesta de la Comisión de Gobierno Interno, misma que emitirá una convocatoria pública y, además, entrevistará a cada una de las personas interesadas a ocupar el cargo.

Dentro del Dictamen leído en tribuna; por la Diputada Jazmín García Rodríguez, Presidenta de las Comisiones de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios, así como de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales; también se aprobó que los Diputados Únicos tuvieran voz y voto dentro de la Comisión de Gobierno Interno, además de que el Titular de dicha comisión no podrá, simultáneamente, ocupar la presidencia de la Directiva del Congreso.

Así mismo se modificó el artículo 47 del Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, el cual habla sobre las Comisiones que integran el H. Congreso del Estado de Colima, en la que la Comisión de Planeación Fomento económico y turismo, se dividió en dos más, siendo la Comisión de Planeación y Turismo la número X y la Comisión de Economía la número XVIII.

Además, la Comisión XII pasó de llamarse de Planeación del Desarrollo Urbano y Vivienda a la Comisión la de Planeación y Desarrollo de Municipios y Zonas Metropolitanas, del mismo modo a la Comisión de Igualdad de Género se modificó para llamarse de Igualdad y Equidad de Género.

La reforma al artículo 47 también contempla la creación de dos Comisiones más, pasando de 24 a 26, dichas Comisiones son las de Transparencia y Acceso a la Información y de Sistema Estatal Anticorrupción, la cuales tendrán que dar cumplimiento a las obligaciones que competente al Congreso del Estado, derivadas de las Leyes del Sistema Anticorrupción y Transparencia y Acceso a la Información Pública del Congreso del Estado, respectivamente.

Finalmente se modificó la estructura Orgánica del H. Congreso del Estado, en la que la Dirección de Servicios Documentarios desaparece y queda a cargo del Instituto de Profesionalización e Investigación Parlamentaria, además de que la Dirección de Comunicación Social pasa a ser una Jefatura dependiente de Oficial Mayor, la cual tendrá las mismas funciones que hasta ahora realiza, se crea la unidad de Seguridad y Logística, así como se reforman las funciones de la Unidad de Igualdad y Equidad de Género.

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